Descripción
-
ReferenciaE4838
-
TasaNo requiere el pago de tasas
-
BOCM de la convocatoriaBOCM Nº 158 de 4 de julio de 2024
-
Número de plazas convocadas4
-
Plazas convocadas
-
Forma de acceso
Promoción interna
-
Sistema de selección
Concurso de méritos
Calendario de actuaciones
-
28/10/2024Resolución de la convocatoria
-
19/09/2024Lista provisional de admitidos y excluidos
Se abre plazo de reclamaciones del 20 de septiembre al 3 de octubre de 2024.
La presentación de reclamaciones se realizará mediante el servicio Aportar documentos a la referencia de la solicitud de participación en la convocatoria.
-
Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 05/07/2024 Fecha de fin: 26/07/2024
Requisitos
Podrás participar en este procedimiento si eres funcionario en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria:
- Si te encuentras en servicio activo o quieres reingresar a dicha situación, con arreglo, en este caso, a lo dispuesto en la normativa vigente.
- Si te encuentras en situación de servicios especiales.
- Si estas en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar podrás participar si llevas más de dos años en dicha situación en la fecha de entrada en vigor de la convocatoria, indicando expresamente en la solicitud que deseas reingresar al servicio activo.
- Si procedes de la situación de suspenso, deberás haber cumplido el período de suspensión.
Méritos
Puedes consultar los méritos en la Relación y méritos de plazas convocadas
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
- Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Certificado de funciones.
- Documentación acreditativa de los cursos realizados.
- Certificado de Registro de Personal emitido por otra AAPP, en su caso.
- Otros.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Normativa
-
Orden de 25 de junio de 2024, del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por el procedimiento de Concurso de Méritos (BOCM nº 158, de 4 de julio).
-
Las Órdenes de convocatorias publicadas a partir del 3 de octubre de 2016 se regirán por lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano responsable
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).