Última actualización: 30/10/2024

Descripción

  • Referencia
    E4901
  • Tasa
    No requiere el pago de tasas
  • BOCM de la convocatoria
    BOCM Nº 181 de 31 de julio de 2024
  • Número de plazas convocadas
    1
  • Plazas convocadas
    1. Subsección Registro de Personal Madrid-Capital.
      1. Nº puesto de trabajo: 85269.
      2. Nivel 22. Grupo: B/C.
      3. Dirección General Recursos Humanos. Subdirección General Régimen Jurídico y Registro de Personal.
  • Forma de acceso

    Promoción interna

  • Sistema de selección

    Concurso de méritos

Calendario de actuaciones

Requisitos

Podrás participar en este procedimiento si eres funcionario en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria:

  1. Si te encuentras en servicio activo o quieres reingresar a dicha situación, con arreglo, en este caso, a lo dispuesto en la normativa vigente.
  2. Si te encuentras en situación de servicios especiales.
  3. Si estas en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar podrás participar si llevas más de dos años en dicha situación en la fecha de entrada en vigor de la convocatoria, indicando expresamente en la solicitud que deseas reingresar al servicio activo.
  4. Si procedes de la situación de suspenso, deberás haber cumplido el período de suspensión.

Méritos

  1. Experiencia en el apoyo a la coordinación del registro de personal de las distintas direcciones de área territoriales. 3 puntos.
  2. Experiencia en la inscripción y anotación en la base de datos de registro de personal de actos de historia profesional de personal funcionario docente y laboral docente. 3 puntos.
  3. Experiencia en la emisión de listados y uso del buzón de envíos de SIRE. 1 punto.
  4. Experiencia en la gestión de incidencias con Madrid Digital relativas a la aplicación SIRE. 1 punto.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
  • Documentos que se aportan junto a la solicitud:
  1. Certificado de funciones.
  2. Documentación acreditativa de los cursos realizados.
  3. Certificado de Registro de Personal emitido por otra AAPP, en su caso.
  4. Otros.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Hacienda y Función Pública
Dirección General de Recursos Humanos

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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