Descripción
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BOCM de la convocatoriaBOCM nº 230, de 27 de septiembre de 2017
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Referencia1766478
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Objetivo
Procedimiento para la obtención del cese voluntario, en su destino definitivo, de los funcionarios docentes de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de Formación Profesional.
Destinatarios y/o requisitos
Ser funcionario de carrera de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria y de Profesores Técnicos de Formación Profesional, con destino definitivo en centros de Enseñanza Secundaria, en departamentos en los que se hayan producido desplazamientos efectivos por falta de horario en curso 2017-2018.
Tramitación >
1. Antes del 17 de octubre los directores de los centros convocarán reunión de los departamentos afectados. A dicha reunión deberán ser convocados todos los profesores con destino definitivo en el departamento, incluyendo los que, por cualquier motivo, no estén ocupando puesto docente en dicho centro en el presente curso 2017-2018.
2. Los directores de los centros recabarán los resultados que en ellas se hayan producido y cumplimentarán el modelo que figura como Anexo a la presente Resolución. (Ver apartado gestión, pulsando el botón de Tramitar al principio de esta ficha).
3.- El Anexo citado deberá ser remitido al Director del Área Territorial correspondiente antes del día 25 de octubre.
4. Los Directores de cada Área Territorial ordenarán la exposición en los tablones de anuncios de las Direcciones de Área Territorial de la resolución provisional por la que se publica la relación de los profesores que obtienen el cese voluntario. Se podrá presentar reclamación o renuncia en el plazo de cinco días hábiles.
5. Pasado este plazo y resueltas las alegaciones se elevará a definitiva la relación de profesores que obtienen el cese voluntario.
6. Los ceses se notificarán a los interesados.
Información complementaria >
En cada uno de los departamentos podrán obtener el cese un número igual al de desplazados efectivos que se hayan producido en el curso 2016-2017. En cualquier caso, el número de profesores que queden con destino definitivo en cada departamento en el que se produzcan ceses no podrá ser inferior a la plantilla del citado departamento.
Los profesores que obtengan el cese voluntario están obligados a participar en el próximo concurso de traslados que se convoquen, a partir de esta resolución, hasta obtener destino definitivo. En ningún momento se les podrá adjudicar destino forzoso.
Normativa
* Resolución de 13 de septiembre de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula el procedimiento para la obtención del cese voluntario en su destino definitivo de los funcionarios docentes de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria y de Profesores Técnicos de Formación Profesional (BOCM nº 230, de 27 de septiembre)
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).