Descripción
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BOCM de la convocatoriaTablón
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Referencia3545311
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Plazas convocadas
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Objetivo
Acceso a la información sobre asignación de puestos docentes a los maestros funcionarios de carrera sin destino, los funcionarios pendientes de la realización de la fase de prácticas, y los aspirantes a interinidad para el curso escolar 2020-2021, en los centros públicos de la Comunidad de Madrid.
Funcionarios de carrera que hayan visto modificada su situación administrativa después del 10 de junio (nuevos desplazados y nuevos suprimidos). Cuerpo de Maestros
. Plazo de presentación de solicitudes: Desde el día 3 al 14 de julio de 2020, ambos inclusive.Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, y Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño. Plazo de presentación de solicitudes: Desde el día 3 al 17 de julio de 2020, ambos inclusive.
Maestros que deseen reingresar en el curso 2020-2021 y Comisiones de Servicio de Carácter Personal (Humanitarias)
Plazo de presentación de solicitudes: desde el día 26 de mayo hasta el 12 de junio de 2020, ambos inclusive.Asignación de puestos
Plazo de presentación de la solicitud: desde el día 28 de mayo hasta el 10 de junio de 2020, ambos inclusive
Calendario de actuaciones
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26/08/2020Fecha de publicación de lista definitiva de admitidos
Destinatarios y/o requisitos
1. Al objeto de cubrir las necesidades de los centros que imparten las enseñanzas del Cuerpo de Maestros, los colectivos participantes en las asignaciones de destino provisional para el curso escolar 2020-2021, serán los que a continuación se relacionan:
1.1. Maestros desplazados (Tipo A), maestros sin destino definitivo a causa de haberlo perdido por supresión, transformación o clausura (Tipo C), cumplimiento de sentencia o resolución de recurso (Tipo D), procedentes de educación en el exterior (Tipo E), excedencia por cuidado de familiares al amparo del artículo 89.4 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (Tipo F).
1.2. Maestros con destino provisional (Tipo G) con obligación de participar en el Concurso de Traslados, convocado por Resolución de 24 de octubre de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos, por las modalidades: C (resolución firme de expediente disciplinario), F (reingreso con destino provisional) o J (provisional que nunca ha obtenido destino definitivo).
1.3. Maestros reingresados (Tipo 3):
- Maestros que han reingresado durante el curso escolar 2019-2020 y que no hayan participado en el actual Concurso General de Traslados.
- Los maestros que deseen reingresar en el curso 2020-2021.
La asignación de destino a este colectivo queda supeditada a la existencia de puesto docente.
1.4. Maestros pendientes de prácticas (Tipo P) para el caso de que no hayan realizado aún la fase de prácticas por haber solicitado su aplazamiento o por no haberlas superado.
1.5. Aspirantes a interinidad (Tipo 5).
TODOS los aspirantes a interinidad que figuren en las listas vigentes del curso escolar 2019-2020 y no hayan causado baja.
2. Maestros que deseen reingresar en el curso 2020-2021 y Comisiones de Servicio de Carácter Personal (Humanitarias)
2.1. Maestros que deseen reingresar en el curso 2020-2021
2.2. Comisiones de servicio de carácter personal (humanitarias)
Podrán solicitar comisión de servicios de carácter personal (humanitaria) exclusivamente los funcionarios de carrera incluidos en los apartados 1.1 y 1.2 de estas Normas de procedimiento, así como los maestros que hubieran reingresado durante el curso escolar 2019-2020 y los funcionarios de carrera procedentes de otras Comunidades.
Documentación a presentar
1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.
Presentación de solicitudes
Aquellos participantes que no dispongan de los medios electrónicos necesarios podrán cumplimentar su solicitud, previa cita en el correo electrónico, inicio.de.curso@madrid.org, en la Dirección General de Recursos Humanos |
Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir
a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “Tramitar”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
Además, puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Información adicional >
Anexos I, II, IV y V (ver apartado Información relacionada, pulsando el botón Tramitar al principio de esta ficha)
Documentación de interés
Normativa
* Resolución de 28 de mayo de 2020 por la que se aprueba corrección de errores en el calendario y en las normas de procedimiento para las asignaciones de puestos ordinarios, voluntarios y bilingües a los maestros funcionarios de carrera sin destino, funcionarios en prácticas y aspirantes a interinidad y para la formación de listas de aspirantes a interinidad para puestos de carácter voluntario, para el curso escolar 2020-2021. Comisiones de servicio de carácter personal (humanitarias), aprobadas por resolución de 25 de mayo de 2020, de la dirección general de recursos humanos de la consejería de educación y juventud, y se amplía el plazo de presentación de solicitudes de comisiones de servicio de carácter personal (Ver apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha).
* Resolución de 25 de mayo de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se dictan las instrucciones y se establece el calendario para la asignación de puestos docentes a los funcionarios de carrera sin destino, los funcionarios pendientes de la realización de la fase de prácticas, y los aspirantes a interinidad del Cuerpo de Maestros, para el curso escolar 2020-2021, en los centros públicos de la Comunidad de Madrid (Ver apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha).
* Normas de procedimiento para las asignaciones de puestos ordinarios, voluntarios y bilingües a los Maestros funcionarios de carrera sin destino, los funcionarios en prácticas y los aspirantes a interinidad y para la formación de listas de aspirantes a interinidad para puestos de carácter voluntario para el curso escolar 2020-2021. Comisiones de Servicio de Carácter Personal (Humanitarias) (Ver apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).