Información y documentación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Entidades, asociaciones de jóvenes y federaciones juveniles de la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- Estar legalmente constituidas.
- Estar inscritas en el Registro de Asociaciones de la Comunidad de Madrid en la sección juvenil.
- Contar entre sus fines estatutarios la defensa de los intereses y atención a las necesidades de los jóvenes madrileños y la prestación de servicios a la juventud dirigidos a dichos fines.
- Desarrollar su actividad en el ámbito regional.
- Estar inscritas en el Registro de Transparencia si están obligadas.
- Cumplir la normativa de transparencia respecto a:
- Las obligaciones de publicidad de la información de las ayudas y subvenciones que gestionan.
- Prestar las garantías para la participación y colaboración ciudadana.
- No perseguir fines lucrativos.
- Contar con una estructura interna y un régimen de funcionamiento democrático.
- Poseer y acreditar un número mínimo de 30 personas jóvenes asociadas. En el caso de las federaciones, el número de socios es la suma de personas asociadas de cada asociación juvenil integrada en la federación, que también debe cumplir un mínimo de 30.
- Tener una existencia de 4 años como mínimo.
- Haber realizado programas relacionados con las necesidades de los jóvenes en la Comunidad de Madrid en los 2 últimos años. En el caso de las federaciones, este último requisito lo deben cumplir al menos el 50 por cien de las asociaciones integradas en las mismas.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Acreditación del representante legal de la entidad, asociación o federación.
- Documentación acreditativa del poder de representación que ostenta la persona firmante de la solicitud, según modelo establecido en la correspondiente convocatoria.
- Estatutos vigentes de la entidad solicitante.
- Certificado de inscripción de la entidad en el Registro de Asociaciones con sección juvenil de la Comunidad de Madrid en el que conste, la denominación de la entidad, representante legal, fecha de inscripción, domicilio social y delegación o delegaciones que, en su caso, la entidad tenga en la Comunidad de Madrid.
- Certificado de estar inscrita en el Registro de Transparencia cuando esté obligada.
- Declaración responsable firmada por la persona que ostente la representación legal de la entidad (Anexo I), conforme al modelo incluido en cada convocatoria, en la que se acredite la realización, en los últimos dos años, de programas relacionados con las necesidades de los jóvenes en la Comunidad de Madrid y en el que conste el número de asociados o el número de asociaciones, en caso de federaciones y el número de socios en cada una de estas.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Acuerdo del Consejo de Gobierno del 10 de junio de 2026 por el que se crea la Mesa de Políticas de Juventud de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 152, de 29 de junio).
Órgano responsable
- Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Dirección General de Juventud
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud se abre el 30/06/2026. Si lo deseas, puedes activar los avisos para que te lo recordemos.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la entidad solicitante para que subsane lo necesario en el plazo de 10 días hábiles. Si no lo hace, entenderemos que desiste de su petición y archivaremos las actuaciones.
A continuación, las entidades que cumplen los requisitos establecidos en la convocatoria podrán participar en el proceso de selección de las 5 entidades que formarán parte del Pleno de la Mesa durante 4 años. Deberán elegir de común acuerdo a las 5 entidades, asociaciones y federaciones que las van a representar en la Mesa.
Las 5 entidades, asociaciones y federaciones elegidas designarán a las personas vocales en representación de cada una de ellas. También elegirán a las personas suplentes de esto.
Si no llegan a un acuerdo en el plazo máximo de 10 días hábiles, celebraremos un sorteo público para elegir las entidades miembros de la mesa y las personas que actuarán como vocales o suplentes.
Finalmente, la persona titular de la consejería competente en juventud emitirá la orden de nombramiento de los miembros del Pleno de la Mesa de Políticas de Juventud de la Comunidad de Madrid.
Plazos y efectos del silencio administrativo
3 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 30/06/2026 Fecha de fin: 20/07/2026
Contacto y ayuda
Contacto
Área de Coordinación, Comunicación e Información Juvenil
Horario de atención al público: lunes a viernes de 09:00 a 14:00.
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud