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Firma electrónica
Tanto la tramitación de tarjetas como la mera consulta en el Registro requerirá la previa acreditación de la identidad de los encargados de realizarla, a cuyo efecto éstos deberán disponer de firma electrónica documentada mediante el correspondiente certificado digital.
La información necesaria para obtener este certificado está disponible a través de Internet en el portal de la Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid) o acceda al enlace de Cómo obtener un certificado electrónico, en el apartado de Servicios relacionados en el apartado de documentación.
Asimismo, existirá un control de los usuarios del sistema, mediante el cual se permitirá el acceso a la información particularizada de cada Ayuntamiento.
Elección del modo de gestión
Una vez aprobada la ordenanza municipal reguladora de las tarjetas de estacionamiento y antes de iniciar la gestión de solicitudes referidas a las mismas, el Ayuntamiento comunicará a la Dirección General de Transportes el modo de gestión elegido de entre los siguientes:
- Grabación e impresión de tarjetas por la Dirección General de Transportes y Movilidad.
- Grabación por el Ayuntamiento e impresión por la Dirección General de Transportes y Movilidad.
- Grabación e impresión de tarjetas por el propio Ayuntamiento.
Asimismo, el Ayuntamiento comunicará el nombre y el número de identificación fiscal de la persona o personas encargadas de la tramitación y, si se ha optado por las alternativas de gestión B o C, el perfil de trabajo que se desea para cada una de ellas: Grabación o sólo consulta.
Podrá consultar más información en sección Documentación de Interés.
Normativa
- Decreto 47/2015, de 7 de mayo, por el que se establece un modelo único de tarjeta de estacionamiento para las personas con discapacidad en el ámbito de la Comunidad de Madrid y se determinan las condiciones para su utilización (BOCM nº 110, de 11 de mayo)
- Resolución de 7 de octubre de 2003, por el que se establece las instrucciones de funcionamiento del Registro de Tarjetas de Estacionamiento para Personas con Movilidad Reducida de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 252, de 22 de octubre).
Órgano responsable
- Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras
- Viceconsejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras
- Dirección General de Transportes y Movilidad
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Contacto y ayuda
Documentos de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud