Descripción
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Referencia49678
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Descripción
Registro de empresas que fabriquen y/o formulen, envasen, almacenen y/o comercialicen biocidas, y que presten servicios de aplicación de los mismos, con el objetivo de proteger la salud pública y facilitar los controles oficiales de estas actividades.
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TasaRequiere el pago de tasas
Requisitos
Las personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos y/o servicios biocidas ubicados en la Comunidad de Madrid, que trabajen con biocidas (sección Documentación de interés) se inscribirán en una de las dos secciones en que se estructura el registro:
- Sección de establecimientos biocidas: los locales e instalaciones donde se fabriquen y/o formulen, envasen, almacenen y/o comercialicen biocidas (sección Documentación de interés).
- Sección de servicios biocidas: las actividades de tratamiento con aplicación de biocidas, tanto con carácter corporativo como de servicio a terceros, así como las instalaciones fijas de tratamientos, entendiendo como tales los establecimientos con cámaras de fumigación, balsas de inmersión y otras instalaciones fijas destinadas a la realización de tratamientos biocidas (sección Documentación de interés).
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Documento oficial que justifique el domicilio social: Tarjeta de identificación fiscal, escritura o padrón.
- Justificante del pago de la tasa autorización administrativa. Modelo 030.
- Justificante del pago de la tasa de inspección o auditoría en el ámbito de Salud Pública. Modelo 030.
- Documento de autorización del representante para la tramitación de inscripción en el ROESB, en su caso.
- Descripción detallada de la actividad.
- Relación de los productos biocidas utilizados para la actividad de la empresa, indicando nombre comercial y número de Registro de Biocidas (ROB).
- En caso de usar biocidas de alto riesgo, solicitud LOMB (preferiblemente electrónico) y compromiso por parte del Responsable Técnico de la actualización del LOMB.
- Plano de instalaciones, en el que se detallarán las zonas de manipulación y/o almacenamiento de los productos biocidas, si procede.
- Modelo de diagnóstico de situación según la norma de calidad vigente.
- Informe/ Certificado del Servicio según la norma de calidad vigente.
- Acreditación de la Cualificación del Responsable Técnico.
- Declaración firmada por el Responsable Técnico asumiendo la responsabilidad técnica de la empresa.
- Acreditación de la Capacitación de los aplicadores.
- En el caso de no almacenamiento, justificarán la gestión correcta de los mismos, que garantice su trazabilidad, mediante:
- Declaración escrita de no almacenamiento y declaración del proveedor detallando los biocidas suministrados.
- Documentos de subcontratación con almacén registrado.
- Documento oficial que justifique el cambio de titularidad: Tarjeta de identificación fiscal, escritura o padrón.
- Justificante del pago de la tasa autorización administrativa. Modelo 030.
- Documento de autorización del representante para la tramitación de inscripción en el ROESB, en su caso.
- Escrito del anterior titular de cesión del Nº de ROESB, en su caso.
- Documento oficial que justifique el domicilio industrial.
- Justificante del pago de la tasa autorización administrativa. Modelo 030.
- Justificante del pago de la tasa de inspección o auditoría en el ámbito de Salud Pública, si procede. Modelo 030.
- Documento de autorización del representante para la tramitación de inscripción en el ROESB, en su caso.
- Plano de instalaciones, en el que se detallarán las zonas de manipulación y/o almacenamiento de los productos biocidas, en su caso.
- Documento oficial que justifique el domicilio social: Tarjeta de identificación fiscal, escritura o padrón.
- Justificante del pago de la tasa autorización administrativa. Modelo 030.
- Documento de autorización del representante para la tramitación de inscripción en el ROESB, en su caso.
- Justificante del pago de la tasa autorización administrativa. Modelo 030.
- Justificante del pago de la tasa de inspección o auditoría en el ámbito de Salud Pública, si procede. Modelo 030.
- Documento de autorización del representante para la tramitación de inscripción en el ROESB, en su caso.
- En caso de alta de TPs, el listado de los nuevos biocidas empleados con su correspondiente ROB.
- En caso de usar biocidas de alto riesgo, solicitud LOMB (preferiblemente electrónico), compromiso por parte del Responsable Técnico de la actualización del LOMB y formación sobre Biocidas alto riesgo.
- Justificante del pago de la tasa autorización administrativa. Modelo 030.
- Documento de autorización del representante para la tramitación de inscripción en el ROESB, en su caso.
- Acreditación de la Cualificación del Responsable Técnico.
- Declaración firmada por el Responsable Técnico asumiendo la responsabilidad técnica de la empresa.
- Relación de todos los RT que vayan a ejercer en la empresa, especificando si se responsabiliza de DDD, prevención de legionella, tratamiento de la madera, firmado por el titular de la empresa o su representante legal.
- Justificante del pago de la tasa autorización administrativa. Modelo 030.
- Justificante del pago de la tasa de inspección o auditoría en el ámbito de Salud Pública, si procede. Modelo 030.
- Documento de autorización del representante para la tramitación de inscripción en el ROESB, en su caso.
- Listado de biocidas empleados con su correspondiente ROB.
- En caso de alta de LOMB, escrito de solicitud (preferiblemente electrónico), compromiso por parte del Responsable Técnico de la actualización del LOMB y formación sobre Biocidas alto riesgo.
- Declaración del titular de la industria o de su representante indicando el cese de actividad de la industria.
- Comunicación de aplicadores, listado y acreditación de la Cualificación.
- Comunicación de nombre comercial.
- Comunicación de biocidas, listado de biocidas empleados con su correspondiente ROB.
- Otras comunicaciónes (formato certificados…), la documentacion justificativa.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF/NIE o tarjeta de identificación fiscal del solicitante.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Abona la tasa y guarda el justificante de pago.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para más información pinche en el siguiente enlace
Área de Sanidad Ambiental
C/ San Martin de Porres, 6 – 1ª planta, 28035-Madrid
Tlf.: 914 904 111
Documentación de interés
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Normativa
- Real Decreto 3349/1983, de la Presidencia de Gobierno, de 30 noviembre, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas. (B.O.E. núm. 20, de 24 de enero de 1984) y Real Decreto 162/1991, de 8 de febrero, por el que se modifica la Reglamentación anterior. (B.O.E. núm. 40, de 15 de febrero de 1991).
- Real Decreto 443/1994, de 11 de marzo, por el que se modifica la reglamentación técnico-sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de los plaguicidas. (B.O.E. núm. 76, de 30 de marzo de 1994).
- Orden SCO/3269/2006, de 13 de octubre, por la que se establecen las bases para la inscripción y el funcionamiento del Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas. (B.O.E nº 255, de 25 de octubre)
- Real Decreto 830/2010, de 25 de junio, por el que se establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas. (B.O.E. nº 170, de 14 de julio)
- Real Decreto 865/2003 de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis. (B.O.E. nº 171 de 18 de julio de 2003)
- Orden 700/2010, de 29 de diciembre, por la que se crea el Registro de Establecimientos y Servicios Biocidas y se regula el procedimiento de inscripción y funcionamiento del Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 19, de 24 de enero de 2011).
Órgano responsable
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).