Última actualización: 04/04/2024

Descripción

  • Referencia
    39700
  • Descripción

    Presentación de la documentación necesaria para el registro de grúa móvil autopropulsada antes de la primera utilización de la misma, de acuerdo a la Instrucción Técnica Complementaria ITC-AEM-04 “Grúas móviles autopropulsadas”.

  • Tasa
    Requiere el pago de tasas

Destinatarios

Persona física o jurídica titular de la grúa móvil autopropulsada.

Requisitos

Las grúas móviles autopropulsadas deben ser inspeccionadas por un organismo de control con la siguiente periodicidad:

  1. Grúas hasta seis años de antigüedad: cada tres años.
  2. Grúas de más de seis y hasta 10 años de antigüedad: cada dos años.
  3. Grúas de más de 10 años de antigüedad o que no acrediten la fecha de fabricación: cada año.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Documento justificativo del pago de la tasa (modelo 030)
  2. Memoria identificativa de las características principales de la grúa móvil autopropulsada
  3. Planos
  4. Esquemas
  5. Fotografías
  6. Declaración CE de conformidad (grúas posteriores a 1/1/1995)
  7. Certificado de fabricación (grúas anteriores a 1/1/1995)
  8. Certificado de adecuación por organismo de control (grúas anteriores a 1/1/1995)
  9. Manual de instrucciones (grúas anteriores a 1/1/1995)
  10. Otros 

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud. 
  2. Abona la tasa y guarda el justificante de pago. 
  3. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  4. Selecciona una de estas dos opciones:
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  5. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Tramitación

Una vez presentada la comunicación, en caso de que la documentación aportada no reuniera los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos.

Si la documentación presentada está completa, es decir, consta de todos documentos expuestos anteriormente referidos a la grúa en cuestión, se estará dando cumplimiento al artículo 4 de la ITC-AEM-04 “Grúas móviles autopropulsadas” lo cual habilita para la puesta en servicio de la grúa, sin que ello suponga conformidad respecto de la comunicación por parte del citado órgano competente.

El número de expediente generado una vez se realiza la comunicación es el número que identifica al aparato, el cual deberá conservarse para posteriores inspecciones periódicas y otras comprobaciones que fuesen pertinentes.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Economía y Empleo
Dirección General de Promoción Económica e Industrial

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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