Descripción

  • Referencia
    427
  • Descripción

    Inscripción en el registro por parte de las industrias embotelladoras de vinos y bebidas alcohólicas.

     

Requisitos

  1. Para la inscripción en este Registro, es obligatoria la previa autorización del Registro de Industrias Agrarias.
  2. Si el producto a embotellar estuviera amparado por una Denominación de Origen, Geográfica, Específica o de Calidad, se requerirá la autorización del Consejo Regulador o en su defecto, la instancia de control competente.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
  2. Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
  3. Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
  4. También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  5. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Tramitación

Aunque es de inscripción obligatoria, no supone reconocimiento de derechos de los titulares, sino que tiene efectos puramente estadísticos y de control del envasado y etiquetado de productos.
El Registro de Envasadores y Embotelladores de vino y bebidas alcohólicas se regula en el artículo 112.4 del Decreto 835/1972, de 23 de marzo.

 

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Dos meses
Efecto del silencio
Estimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 1/2001, de 29 de marzo por la que se establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos (B.O.C.M 10 de abril de 2001) modificada por Ley 8/2009, de 21 de diciembre, de Medidas Liberalizadoras y de Apoyo a la Empresa Madrileña.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Medio Ambiente y Agricultura
D. G. de Agricultura Ganadería y Alimentación

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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