Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Para la solicitud de inscripción, modificación o cancelación de la inscripción:
- Personas jurídicas que quieren adquirir la condición de entidades privadas colaboradoras urbanísticas para actuar en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Para la obtención del certificado de datos obrantes en el registro:
- Cualquier persona, física o jurídica.
Requisitos
Requisitos para la inscripción
Estar acreditadas por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) mediante el sistema previsto en la norma UNE-EN ISO/IEC 17020 o norma que la sustituya. Dicha acreditación debe contemplar los siguientes requisitos:
- Estar válidamente constituidas y tener como objeto social el ejercicio de actividades como entidad privada colaboradora urbanística.
- Tener suscrito un seguro de responsabilidad civil por cuantía mínima de 1.000.000 de euros, que debe incluir la actividad de la entidad y de sus profesionales cuando desarrollan su actividad como entidad de colaboración.
- Contar en la plantilla al menos con los siguientes profesionales:
- Un arquitecto o ingeniero con experiencia profesional acreditada por un período mínimo de 10 años en las siguientes funciones:
- Redactar, dirigir e interpretar proyectos de obras de edificación.
- Redactar, interpretar y aplicar instrumentos de planeamiento.
- Redactar, interpretar y aplicar instrumentos de gestión urbanística.
- Un abogado, legalmente habilitado para ello, con experiencia profesional acreditada por un período mínimo de 10 años en asesoramiento jurídico en una de las siguientes disciplinas:
- Planeamiento, gestión y disciplina urbanística
- Aspectos jurídico-técnicos en materia de construcción, edificación, y urbanización.
- Un arquitecto o ingeniero con experiencia profesional acreditada por un período mínimo de 10 años en las siguientes funciones:
- Contar con un procedimiento gratuito de reclamaciones para garantizar a los interesados la adecuada defensa de sus derechos e intereses legítimos.
- Disponer de un sistema de atención al cliente para garantizar la atención en todo el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
Requisitos para modificar la inscripción
- Estar inscrita en el Registro de entidades privadas colaboradoras urbanísticas.
- Acreditar la modificación de los datos solicitada.
- Solicitar la modificación de los datos cuando se produce el cambio.
Requisitos para solicitar el certificado de la inscripción
- Estar inscrita en el Registro de entidades privadas colaboradoras urbanísticas.
Requisitos para cancelar la inscripción por renuncia
-
Estar inscrita en el Registro de entidades privadas colaboradoras urbanísticas.
Documentación
Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
Inscripción:
- Estatutos o normas por las que se rija la entidad, inscritos en el registro público correspondiente.
- Documentación acreditativa de la representación de la persona firmante de la solicitud.
- Certificado de acreditación emitido por la Entidad Nacional de Acreditación, por el que se acredita el cumplimiento de los requisitos establecidos en la norma UNE-EN ISO/IEC 17020 o norma que la sustituya. El certificado deberá acompañarse de la documentación técnica exigida para su validez.
- Declaración de la entidad en la que manifieste el cumplimiento de todos los requisitos previstos en el artículo 167 ter, que dispone de la documentación que así lo acredita y el compromiso de mantener su cumplimiento durante la vigencia de la inscripción.
Modificación de datos:
- Documentación justificativa de la modificación de los datos inscritos.
- Documentación acreditativa de la representación de la persona firmante de la solicitud (salvo que haya sido aportada con anterioridad).
- Documentación complementaria (opcional).
Certificado de datos obrantes:
- Documentación complementaria (opcional).
Cancelación de la inscripción en el registro de entidades urbanísticas, por renuncia de la entidad:
- Escrito de renuncia de la Entidad Privada colaboradora urbanística.
- Documentación acreditativa de la representación de la persona firmante de la solicitud (salvo que haya sido aportada con anterioridad).
- Documentación complementaria (opcional).
Información adicional
Puedes consultar la relación de entidades privadas colaboradoras urbanísticas autorizadas e inscritas en el Registro de Entidades Urbanísticas para actuar en el ámbito de la Comunidad de Madrid, en la sección "Documentación de Interés".
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Área de Actuación Administrativa
- Calle Alcalá 16. 28014 Madrid
- Teléfono: 914383944
- Correo electrónico: reu@madrid.org
Normativa
- Ley 7/2024, de 26 de diciembre, de Medidas para un desarrollo equilibrado en materia de medio ambiente y ordenación del territorio (BOCM nº 308, de 27 de diciembre).
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre).
- Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 177, de 27 de julio).
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
- Dirección General de Urbanismo
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Solicitud de inscripción, modificación o cancelación:
- Una vez presentada la solicitud se analizará su contenido y la documentación aportada.
- Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la persona solicitante para que corrija lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que desiste de su petición y dictaremos una resolución que así lo indique.
- Si todo es correcto, emitiremos la resolución de inscripción en el plazo máximo de 1 mes y se lo comunicaremos a la persona solicitante.
- No obstante, en cualquier momento, podremos solicitar a la entidad la documentación precisa para comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos para la inscripción.
Certificado de datos obrantes en el registro:
- Una vez presentada la solicitud, emitiremos el certificado en el plazo máximo de 1 mes y se lo enviaremos a la persona solicitante.
Plazos y efectos del silencio administrativo
1 mes para los casos de inscripción, modificación y cancelación.
Para el certificado de datos obrantes en el Registro no se aplica el silencio administrativo.
Recursos
Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes presentar desde el día siguiente al que la recibas:
- un recurso de reposición en el plazo de 1 mes, o bien,
- un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la resolución, a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución puedes presentar:
- un recurso de reposición en cualquier momento, o bien,
- un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Contacto y ayuda
Documentos de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud