Información
Información
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TasaRequiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Personas físicas o jurídicas.
Requisitos
- Estar inscritos los datos sobre los que se solicita el documento en el Registro de Cooperativas.
- La sociedad cooperativa debe tener su principal ámbito de actuación en la Comunidad de Madrid.
- Pagar la tasa que corresponde al certificado o fotocopias solicitadas. Las notas informativas no requieren el pago de tasas.
- Indicar en la solicitud:
- Tipo de solicitud:
- Nota simple informativa
- Certificación
- Fotocopias diligenciadas
- Petición en que se concreta la solicitud:
- Datos sobre la cooperativa inscrita sobre la que se pide la certificación: nombre y número de inscripción.
- Documentación sobre la que se solicita fotocopia, por ejemplo, asientos registrales, cuentas depositadas de un ejercicio económico, estatutos, etc.
- Tipo de solicitud:
Documentación
No es necesario aportar documentación junto a la solicitud.
Información adicional
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Área de Registro de Entidades de Economía Social.
- Dirección: Calle Ramírez de Prado, 5bis. 28045 Madrid
- Correo electrónico: entidades_economia_social@madrid.org
Normativa
- Ley 2/2023, de 24 de febrero, de Cooperativas de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 50, de 28 de febrero de 2023).
- Decreto 177/2003, de 17 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Cooperativas de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 181, de 1 de agosto de 2003).
- Real Decreto 136/2002, de 1 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Sociedades Cooperativas (BOE nº 40, de 15 de febrero de 2002).
- Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas, de aplicación supletoria (BOE nº 170, de 17 de julio de 1999).
Órgano responsable
- Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
- Viceconsejería de Economía y Empleo
- Dirección General de Autónomos y Emprendimiento
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Pago de tasas
La emisión de notas informativas no requiere el pago de tasas.
La tasa se puede pagar mediante tarjeta bancaria, Bizum, cargo en cuenta, o bien, se puede descargar el modelo para su pago presencial.
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Emisión de certificados por el Registro de CooperativasPagar tasa 6.04€
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Copia autenticada en formato A4 a partir de papel o de microfilm (precio por hoja)Pagar tasa 0.15€
Presenta la solicitud
Presentación digital
Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Paga la tasa y guarda el justificante.
- Pulsa "Acceder" para entrar en tu Cuenta Digital.
- Rellena el formulario. Si no lo completas, se queda guardado como borrador en "Mis Gestiones".
- Adjunta los documentos y pulsa "Firmar y enviar solicitud" para finalizar.
Presentación presencial
Puedes realizar este trámite de forma presencial si no eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Paga la tasa y guarda el justificante.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.
Si eliges el correo certificado como medio de notificación al rellenar la solicitud, te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Acciones sobre la solicitud
Una vez emitidos los documentos, enviaremos un aviso a la persona solicitante para informarle de que los documentos solicitados ya están disponibles, por alguno de los siguientes medios:
- Notificación electrónica.
- Correo postal.
- Correo electrónico, sólo en casos excepcionales.
Plazo de respuesta
El plazo aproximado de respuesta es de 1 mes.
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud