Descripción
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Referencia2031
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Descripción
Las Sociedades Cooperativas inscritas en el Registro de Cooperativas de la Comunidad de Madrid, en el mes siguiente a la aprobación de las cuentas anuales por la Asamblea General de la entidad, deberán efectuar el depósito de cuentas en dicho Registro.
Destinatarios y/o requisitos
Administradores de la entidad o cualquier persona que actúe en su nombre y representación, mediante solicitud acompañada de la documentación preceptiva.
Documentación a presentar
- Solicitud (ver apartado "Gestión" pulsando Tramitar al principio de esta ficha).
- Certificación del acuerdo de aprobación de las cuentas anuales, modelos de cuentas, informe de gestión, informe de auditoria, en su caso, y hoja estadística (ver apartado “Gestión-Impresos”).
- Información de documentos a presentar (Ver sección "Documentación de interés").
Para admitir la presentación de la solicitud vía registro telemático, toda la documentación a presentar debe estar firmada digitalmente por todas las personas obligadas a ello (secretario y presidente, miembros del órgano de administración, auditores e interventores, en su caso).
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
- Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
Documentación de interés
Tramitación
Expedición por el Registro de Cooperativas de certificación acreditativa de haber efectuado el depósito de las cuentas (en plazo o fuera del plazo establecido en el art. 66.6 de la Ley 4/1999 y artículo 64.6 de la Ley 2/2023), una vez comprobada la documentación presentada.
Normativa
- Ley 2/2023, de 24 de febrero, de Cooperativas de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 50, de 28 de febrero de 2023) entrada en vigor 28 de abril de 2023.
- Ley 4/1999, de 30 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 87, de 14 de abril de 1999).
- Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital («BOE» núm. 161, de 03/07/2010).
- Real Decreto de 22 de agosto de 1885 por el que se publica el Código de Comercio («BOE» núm. 289, de 16/10/1885).
- Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas («BOE» núm. 173, de 21/07/2015).
- Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad (BOE nº 278, de 20 de noviembre de 2007)..
- Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad de PYMES y los criterios contables específicos para microempresas (BOE nº 279, de 21 de noviembre de 2007).
- Orden EHA/3360/2010, de 21 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los aspectos contables de las sociedades cooperativas (BOE nº 316, de 29 de diciembre de 2010), y corrección de errores (BOE nº 29, de 3 de febrero de 2011), aplicable a los ejercicios económicos que se inicien a partir del 1-01-2011.
- Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil (BOE nº 184, de 31 de julio de 1996)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. (BOE nº 236, de 2 de octubre de 2015).
Órgano responsable
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24 abril 2005- 25 junio 2009
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).