Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Sociedades cooperativas inscritas en el Registro de Cooperativas de la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- Estar inscrita en el Registro de Cooperativas de la Comunidad de Madrid.
- Efectuar el depósito en el mes siguiente a la aprobación de las cuentas anuales por la Asamblea General de la entidad.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Certificación del acuerdo de aprobación de las cuentas anuales y de aplicación del resultado.
- Balance de situación.
- Cuenta de pérdidas y ganancias .
- Memoria explicativa .
- Hoja estadística.
- Estado de cambios en el patrimonio neto.
- Estado de flujos de efectivo.
- Informe de gestión.
- Informe de intervención.
- Informe de auditoría.
- Declaración medioambiental.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Área de Registro de Cooperativas de la Comunidad de Madrid
- Dirección: Calle Ramírez de Prado, 5bis. 28045 Madrid
- Teléfonos: 91 580 92 83
- Correo electrónico: entidades_economia_social@madrid.org
Normativa
- Ley 2/2023, de 24 de febrero, de Cooperativas de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 50, de 28 de febrero de 2023) entrada en vigor el 28 de abril de 2023.
- Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (BOE nº 161, de 3 de julio de 2010).
- Real Decreto de 22 de agosto de 1885 por el que se publica el Código de Comercio (BOE nº 289, de 16 de octubre de 1885).
- Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas (BOE nº 173, de 21 de julio de 2015).
- Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad (BOE nº 278, de 20 de noviembre de 2007).
- Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad de PYMES y los criterios contables específicos para microempresas (BOE nº 279, de 21 de noviembre de 2007).
- Orden EHA/3360/2010, de 21 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los aspectos contables de las sociedades cooperativas (BOE nº 316, de 29 de diciembre de 2010), y corrección de errores (BOE nº 29, de 3 de febrero de 2011), aplicable a los ejercicios económicos que se inicien a partir del 1-01-2011.
- Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil (BOE nº 184, de 31 de julio de 1996).
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. (BOE nº 236, de 2 de octubre de 2015).
Órgano responsable
- Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
- Viceconsejería de Economía y Empleo
- Dirección General de Autónomos y Emprendimiento
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
Presentación digital
Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" para entrar en tu Cuenta Digital.
- Rellena el formulario. Si no lo completas, se queda guardado como borrador en "Mis Gestiones".
- Adjunta los documentos y pulsa "Firmar y enviar solicitud" para finalizar.
Acciones sobre la solicitud
Una vez comprobada la documentación presentada, expediremos el certificado que acredita el depósito de las cuentas en el Registro de Cooperativas.
Si la documentación aportada no está completa o tiene defectos, te enviaremos un requerimiento para completar o corregir el depósito de cuentas en el plazo de tres meses. Debes responder a través del trámite Registro de Cooperativas. Subsanación del depósito de cuentas anuales.
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud