Información
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Entidades titulares de actividades de servicios y venta de bienes:
- Entidades jurídicas.
- Empresarios autónomos.
Requisitos
Alta como entidad colaboradora:
- Conocer y cumplir las condiciones generales del programa Carné Joven Comunidad de Madrid, entre las que se encuentran las siguientes:
- Ofertar las mismas prestaciones, servicios y descuentos a todas las personas titulares de Carné Joven Europeo.
- Fijar libremente la ventaja permanente ofrecida, excepto los descuentos, que no pueden ser inferiores al 10 por ciento, salvo acuerdo especial con la Comunidad de Madrid por motivos justificados.
- Aceptar la presentación del Carné Joven, tanto en formato físico como en formato digital PDF para móvil o tipo PassWallet.
- Exhibir el distintivo de entidad colaboradora del Programa “Carné Joven Comunidad de Madrid” en lugar visible, tanto en la web como en todos los establecimientos físicos adheridos.
- Indicar en la solicitud:
- Alta como colaborador.
- Tipo de solicitante: entidad jurídica o empresario autónomo.
- Datos de contacto habitual.
- Ventajas, descuentos o ambos que ofrece.
Baja como entidad colaboradora:
- Estar inscrita en el Registro de colaboradores del Carné Joven Comunidad de Madrid.
- Indicar en la solicitud:
- Baja como colaborador.
- Tipo de solicitante: entidad jurídica o empresario autónomo.
- Datos de contacto habitual.
- Motivo de la baja como colaborador.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Logo corporativo en formato electrónico (preferible en formato cuadrado “.jpg”).
- Listado de establecimientos adheridos en la Comunidad de Madrid (si hay más de uno).
- Acreditación de la representación de la entidad, en su caso.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
Puedes complementar la ventaja permanente expuesta en la solicitud con promociones y acciones adicionales (ofertas, sorteos, etc.) a convenir con Carné Joven Comunidad de Madrid a través del correo colaboradores.carnejoven@madrid.org.
Normativa
- Orden 806 bis/2009, de 22 de julio, de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, por la que se crea el nuevo Carné Joven Comunidad de Madrid (BOCM nº 250, de 21 de octubre).
Órgano responsable
- Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Dirección General de Juventud
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la persona solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que renuncia a su petición y dictaremos una resolución que así lo indique.
Si todo es correcto, emitiremos la resolución de adhesión como entidad colaboradora del programa Carné Joven Comunidad de Madrid y se lo comunicaremos a la persona solicitante.
Plazos y efectos del silencio administrativo
3 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:
- 1 mes desde el día siguiente al que recibas la resolución.
- En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud