Información
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Entidades titulares de actividades de servicios y venta de bienes:
- Entidades jurídicas.
- Empresarios autónomos.
Requisitos
Alta como entidad colaboradora:
- Conocer y cumplir las condiciones generales del programa Carné Joven Comunidad de Madrid, entre las que se encuentran las siguientes:
- Ofertar las mismas prestaciones, servicios y descuentos a todas las personas titulares de Carné Joven Europeo.
- Fijar libremente la ventaja permanente ofrecida, excepto los descuentos, que no pueden ser inferiores al 10 por ciento, salvo acuerdo especial con la Comunidad de Madrid por motivos justificados.
- Aceptar la presentación del Carné Joven, tanto en formato físico como en formato digital PDF para móvil o tipo PassWallet.
- Exhibir el distintivo de entidad colaboradora del Programa “Carné Joven Comunidad de Madrid” en lugar visible, tanto en la web como en todos los establecimientos físicos adheridos.
- Indicar en la solicitud:
- Alta como colaborador.
- Tipo de solicitante: entidad jurídica o empresario autónomo.
- Datos de contacto habitual.
- Ventajas, descuentos o ambos que ofrece.
Baja como entidad colaboradora:
- Estar inscrita en el Registro de colaboradores del Carné Joven Comunidad de Madrid.
- Indicar en la solicitud:
- Baja como colaborador.
- Tipo de solicitante: entidad jurídica o empresario autónomo.
- Datos de contacto habitual.
- Motivo de la baja como colaborador.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Logo corporativo en formato electrónico (preferible en formato cuadrado “.jpg”).
- Listado de establecimientos adheridos en la Comunidad de Madrid (si hay más de uno).
- Acreditación de la representación de la entidad, en su caso.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
Puedes complementar la ventaja permanente expuesta en la solicitud con promociones y acciones adicionales (ofertas, sorteos, etc.) a convenir con Carné Joven Comunidad de Madrid a través del correo colaboradores.carnejoven@madrid.org.
Normativa
- Orden 806 bis/2009, de 22 de julio, de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, por la que se crea el nuevo Carné Joven Comunidad de Madrid (BOCM nº 250, de 21 de octubre).
Órgano responsable
- Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Dirección General de Juventud
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
Presentación digital
Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" para entrar en tu Cuenta Digital.
- Rellena el formulario. Si no lo completas, se queda guardado como borrador en "Mis Gestiones".
- Adjunta los documentos y pulsa "Firmar y enviar solicitud" para finalizar.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la persona solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que renuncia a su petición y dictaremos una resolución que así lo indique.
Si todo es correcto, emitiremos la resolución de adhesión como entidad colaboradora del programa Carné Joven Comunidad de Madrid y se lo comunicaremos a la persona solicitante.
Plazos y efectos del silencio administrativo
3 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:
- 1 mes desde el día siguiente al que recibas la resolución.
- En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud