Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

Presentación digital

Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" para entrar en tu Cuenta Digital.
  3. Rellena el formulario. Si no lo completas, se queda guardado como borrador en "Mis Gestiones".
  4. Adjunta los documentos y pulsa "Firmar y enviar solicitud" para finalizar.
Solicitud

Consulta el estado y evolución

Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:

  • Consultar el estado de la solicitud.
  • Consultar los documentos enviados.
  • Aportar documentación a la solicitud.
  • Consultar tus comunicaciones
  • Enviar comunicaciones.

También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Una vez presentada la solicitud de alta de solicitantes no calificados, revisaremos su contenido y la documentación aportada.

Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la persona solicitante para que subsane lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que desiste de su petición y emitiremos una resolución que así lo indique.

Una vez completada, comprobaremos y determinaremos el cumplimiento de los requisitos. A continuación, la persona titular de la dirección general competente en materia de fomento y promoción de la inclusión laboral de las personas con discapacidad emitirá la resolución de calificación favorable e inscripción registral o resolución desfavorable de calificación, que comunicaremos de forma electrónica a la persona solicitante.

Si el CEE comunica la variación de datos, revisaremos su contenido y la documentación aportada.

Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la persona solicitante para que subsane lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que desiste de su petición y le comunicaremos que la variación no ha podido ser inscrita en el Registro de CEE.

Una vez completada la solicitud, modificaremos los datos en su inscripción registral. Posteriormente, comunicaremos al CEE la fecha de dicha modificación en el registro.

Si el CEE solicita la baja, la persona titular de la dirección general competente en materia de fomento y promoción de la inclusión laboral de las personas con discapacidad emitirá la resolución de renuncia a la calificación y cancelación de la inscripción registral, que comunicaremos de forma electrónica a la persona solicitante.

Si el CEE solicita el certificado de inscripción, comprobaremos el mantenimiento de los requisitos exigidos para su calificación y emitiremos el certificado de inscripción, que comunicaremos de forma electrónica al CEE solicitante.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

4 meses

Efecto del silencio
Estimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Decreto 15/2026, de 25 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el registro, calificación e inscripción de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad de Madrid.

Recursos

Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes presentar un recurso de alzada en el plazo de 1 mes desde el día siguiente al que la recibas.

Acceso al trámite de recurso de reposición

Contacto y ayuda

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 17/04/2026
¿Te ha resultado útil esta información?

Ayúdanos a mejorar.

Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar