Descripción
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Referencia91505
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Descripción
La inscripción en el Registro de Formadores de la Comunidad de Madrid es de carácter voluntario y a solicitud de las personas interesadas. No se requiere la inscripción para ejercer la actividad, si bien todos los formadores deben cumplir los requisitos establecidos legalmente para impartir:
- acciones formativas dirigidas a la obtención de certificados profesionales, así como
- el resto de la oferta formativa incluida en el Catálogo de Especialidades Formativas.
La inscripción en el Registro puede actualizarse mediante la presentación de un nuevo formulario para comunicar la variación de datos personales, solicitar la ampliación o baja de módulos formativos /especialidades o comunicar la baja del formador.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Destinatarios
Personal formador
Requisitos
- Encontrarse empadronado en cualquier municipio de la Comunidad de Madrid.
- Para impartir acciones formativas dirigidas a la obtención de certificados profesionales deberá disponer del Certificado Profesional de habilitación para la docencia en grados A,B y C del sistema de formación profesional (SSCE0110).
- Cumplir los requisitos específicos establecidos para cada módulo formativo de los certificados profesionales que se pretenda impartir (disponibles en el siguiente buscador de certificados profesionales).
- Para impartir otras acciones formativas incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas:
- Cumplir las prescripciones de los programas para cada especialidad formativa (disponibles en la siguiente búsqueda por especialidades /itinerarios formativos)
- Incluir en cada solicitud como máximo 7 módulos formativos y 2 especialidades.
- No presentar una nueva solicitud de alta o modificación de especialidades hasta haber sido resuelta la anterior.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Documento que acredite el nivel formativo requerido. En el caso de títulos académicos expedidos por un organismo extranjero deberá presentarse la documentación correspondiente de homologación por el Estado Español.
- Contrato/s de Trabajo y/o certificado/s de empresa o certificados de servicios prestados expedidos por Organismo Públicos, donde quede debidamente acreditado el o los puestos de trabajo ejercidos, la categoría profesional, el tipo de jornada laboral y las funciones desempeñadas.
- Titulación o certificación que acredite poseer la competencia docente establecida en el Real Decreto que apruebe el certificado de profesionalidad correspondiente a los módulos que se solicitan.
- En el caso de solicitar la inscripción en el registro para la impartición en la modalidad de Teleformación, título que acredite la formación realizada y/o certificado de empresa acreditando la experiencia y el uso de las tecnologías de la información y la comunicación.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- DNI / NIF / NIE
- Certificado empadronamiento en la Comunidad de Madrid
- Informe de vida laboral actualizado, que acredite la experiencia laboral en las unidades de competencias relacionadas con el módulo o módulos que se solicitan.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para consultas sobre este trámite, contacta a través del siguiente correo electrónico: registrodeformadores@madrid.org
Tramitación
- Una vez analizada la solicitud, se emitirá resolución de inscripción en el registro, en su caso.
- En caso necesario, se requerirá la subsanación de la solicitud o la presentación de la documentación requerida en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación.
- Transcurrido dicho plazo sin que haya subsanado o presentado la documentación requerida, se le tendrá por desistido de su petición y se emitirá resolución de archivo definitivo del procedimiento.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Seis meses
Normativa
- Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional (BOE nº 174, de 28 de julio)
- Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional (BOE nº 78, de 1 de abril).
- Orden de 26 de mayo de 2021, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se determina la acreditación del cumplimiento de determinados requisitos para la inscripción en el registro de formadores, prevista en el Decreto 6/2021, de 27 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se crean los registros de entidades de formación profesional para el empleo y de formadores de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 136, de 9 de junio).
- Resolución de 18 de febrero de 2021, de la Dirección General de Formación, por la que se ordena la publicación del modelo de solicitud del procedimiento de inscripción en el Registro de Formadores de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 56, de 8 de marzo)
- Decreto 6/2021, de 27 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se crean los registros de entidades de formación profesional para el empleo y de formadores de la Comunidad de Madrid.
- Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.
- Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el sistema de Formación profesional para el Empleo en el ámbito laboral
- Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación.
- Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad.
Órgano responsable
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).