Última actualización: 02/07/2024

Descripción

  • Referencia
    91505
  • Descripción

    La inscripción en el Registro de Formadores de la Comunidad de Madrid es de carácter voluntario y a solicitud de las personas interesadas. No se requiere la inscripción para ejercer la actividad, si bien todos los formadores deben cumplir los requisitos establecidos legalmente para impartir:

    • acciones formativas dirigidas a la obtención de certificados profesionales, así como
    • el resto de la oferta formativa incluida en el Catálogo de Especialidades Formativas.

    La inscripción en el Registro puede actualizarse mediante la presentación de un nuevo formulario para comunicar la variación de datos personales, solicitar la ampliación o baja de módulos formativos /especialidades o comunicar la baja del formador.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Destinatarios

Personal formador

Requisitos

  1. Encontrarse empadronado en cualquier municipio de la Comunidad de Madrid.
  2. Para impartir acciones formativas dirigidas a la obtención de certificados profesionales deberá disponer del Certificado Profesional de habilitación para la docencia  en grados A,B y C del sistema de formación profesional (SSCE0110).
    • Cumplir los requisitos específicos establecidos para cada módulo formativo de los certificados profesionales que se pretenda impartir (disponibles en el siguiente buscador de certificados profesionales).
  3. Para impartir otras acciones formativas incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas:
  4. Incluir en cada solicitud como máximo 7 módulos formativos y 2 especialidades.
  5. No presentar una nueva solicitud de alta o modificación de especialidades hasta haber sido resuelta la anterior.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea. 
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Documento que acredite el nivel formativo requerido. En el caso de títulos académicos expedidos por un organismo extranjero deberá presentarse la documentación correspondiente de homologación por el Estado Español.
  2. Contrato/s de Trabajo y/o certificado/s de empresa o certificados de servicios prestados expedidos por Organismo Públicos, donde quede debidamente acreditado el o los puestos de trabajo ejercidos, la categoría profesional, el tipo de jornada laboral y las funciones desempeñadas.
  3. Titulación o certificación que acredite poseer la competencia docente establecida en el Real Decreto que apruebe el certificado de profesionalidad correspondiente a los módulos que se solicitan.
  4. En el caso de solicitar la inscripción en el registro para la impartición en la modalidad de Teleformación, título que acredite la formación realizada y/o certificado de empresa acreditando la experiencia y el uso de las tecnologías de la información y la comunicación.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. DNI / NIF / NIE
  2. Certificado empadronamiento en la Comunidad de Madrid
  3. Informe de vida laboral actualizado, que acredite la experiencia laboral en las unidades de competencias relacionadas con el módulo o módulos que se solicitan.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes. 

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para consultas sobre este trámite, contacta a través del siguiente correo electrónico: registrodeformadores@madrid.org

Tramitación

  1. Una vez analizada la solicitud, se emitirá resolución de inscripción en el registro, en su caso.
  2. En caso necesario, se requerirá la subsanación de la solicitud o la presentación de la documentación requerida en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación.
  3. Transcurrido dicho plazo sin que haya subsanado o presentado la documentación requerida, se le tendrá por desistido de su petición y se emitirá resolución de archivo definitivo del procedimiento.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

Seis meses

Efecto del silencio
Estimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Decreto 6/2021, de 27 de enero , del Consejo de Gobierno, por el que se crean los registros de entidades de formación profesional para el empleo y de formadores de la Comunidad de Madrid.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Economía y Empleo
Dirección General de Formación

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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