Última actualización: 28/11/2024

Descripción

  • Referencia
    59292
  • Descripción

    Procedimiento por el que los interesados, solicitarán la inscripción y registro de aquellas actividades reconocidas por la Consejería, encaminadas al perfeccionamiento y actualización del ejercicio educativo, directivo y docente de los profesores y del personal técnico-educativo (formación permanente del profesorado).

     

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Resolución de la convocatoria o comunicación oficial de la Administración educativa en la que conste la selección del centro para la actividad de referencia.
  3. Certificado de la dirección del centro educativo en el que se haga constar la participación del profesor en la actividad.
  4. Cualquier documento que acredite la participación efectiva en la actividad.
  5. Para el reconocimiento y registro de la valoración en créditos de  las titulaciones a las que se hace referencia en el artículo 7 de la Orden 2883/2008, será necesaria la solicitud del interesado, dirigida a la Dirección General de Mejora de la Calidad de la Enseñanza, junto con el original o fotocopia compulsada del título correspondiente en la que conste la fecha de su expedición o, en su caso, certificación oficial en la que figure la fecha de finalización de los estudios acreedores a la titulación.
  6. En el caso de universidades extranjeras deberá presentar tanto el programa de la actividad como el original o fotocopia compulsada del certificado oficial, en traducción simple, cuando se trate de lenguas oficiales de la Unión Europea, o con traducción oficial para el resto de las lenguas.

En ambos casos, los certificados, títulos o diplomas deberán hacer referencia a las fechas de inicio y finalización de la actividad, así como a la duración en horas de la misma.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
  3. Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
  4. También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  5. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Política y Organización Educativa
Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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