Descripción

  • Referencia
    I7
  • Descripción

    Actuaciones para entidades que realicen ensayos con productos fitosanitarios.

    • Inscripción inicial para la autorización de entidades que realicen ensayos con productos fitosanitarios.

    • Remisión de informe resumen de la actividad anual de las entidades que realicen ensayos con productos fitosanitarios.

    • Renovación de autorizaciones de entidades que realicen ensayos con productos fitosanitarios.

Requisitos

  • Empresas que realicen ensayos con productos fitosanitarios.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos que se aportan junto a la solicitud dependiendo del tipo de solicitud que realices:

  • Autorización inicial
            
    1. Documento de representación o apoderamiento 
    2. Memoria descriptiva 
    3. Procedimientos normalizados de trabajo (PNT) 
       
  •  Renovación
          
    1. Documento de representación o apoderamiento
    2. Acta de inspección de todas las instalaciones dedicadas a ensayos emitidas por las CCAA
    3. Memoria con los cambios sustanciales. 
       
  • Cambio de director técnico 
     
    1. Documento de representación o apoderamiento 
    2. Currículum Vitae del Nuevo Director Técnico 
    3. Carné de aplicador de productos fitosanitarios 
    4. Documento firmado por el nuevo director técnico aceptando el nombramiento. 
    5. Nuevo organigrama. 
       
  • Cambio de instalaciones
     
    1. Documento de representación o apoderamiento 
    2. Acta de inspección de instalaciones de las CCAA 
       
  •  Cambio de titularidad
     
    1. Documento de representación o apoderamiento 
    2. Justificante del cambio de titularidad 
       
  • Otros cambios. (Cambios de personal, PNTs,….)
     
    1. Documento de representación o apoderamiento 
    2. Justificación de los cambios en caso de Informe resumen de la actividad anual 
    3. Documento de representación o apoderamiento 
    4. Informe resumen 

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Documentación de interés

Instrucciones
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Plazos y efectos del silencio administrativo

Normativa reguladora del silencio administrativo

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
Dirección General de Agricultura Ganadería y Alimentación

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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