Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. Si eliges presentación electrónica:
    1. Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
    2. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
  5. Si eliges presentación presencial:
    1. Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
    2. Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Solicitud

Consulta el estado y evolución

Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:

  • Consultar el estado de la solicitud.
  • Consultar los documentos enviados.
  • Aportar documentación a la solicitud.
  • Consultar tus comunicaciones
  • Enviar comunicaciones.

También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.

Si eliges el correo certificado como medio de notificación al rellenar la solicitud, te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación
  1. Registro de Establecimientos Comerciales Detallistas, o de Entidades o Agrupaciones Ganaderas:
    1. El expediente recibido en el Área de Ganadería de la Consejería responsable se transfiere al Área de Control Farmacéutico y Productos Sanitarios de la Consejería responsable en materia de sanidad, que es el organismo competente para la autorización y control de estos establecimientos, el cual se encargará de revisar y valorar la documentación presentada, y en su caso dirigirse al solicitante para solicitarle aclaraciones o solicitarle documentación complementaria.
    2. Después de finalizar el examen documental y, si es correcto, este organismo contactará con el solicitante para concertar una visita de inspección al establecimiento solicitado, previa a la autorización de funcionamiento.
    3. En el caso de que la inspección resulte favorable el Área de Control Farmacéutico y Productos Sanitarios remitirá al Área de Ganadería un informe favorable para la Autorización y Registro del establecimiento solicitado.
    4. A la vista del informe favorable recibido, se expedirá la correspondiente Resolución de Autorización y Registro del Establecimiento, y un Certificado de Autorización y Registro firmados por el Director General responsable, enviándose el Certificado al solicitante, y finalizando de esta forma el Procedimiento Administrativo.
  2. Registro de Establecimientos de Venta por otros canales de Medicamentos que no requieren prescripción veterinaria destinados a perros, gatos, animales de terrario, pájaros domiciliarios, peces de acuario y pequeños roedores:
    • se revisará la documentación presentada directamente por el Área de Ganadería de la Consejería responsable, en su caso este organismo se pondrá en contacto con el solicitante para solicitarle aclaraciones o documentación complementaria, y una vez se considere correcto el examen documental, se expedirá una Resolución de Registro y un Certificado de Registro firmados por el Director General responsable, enviándose el Certificado al solicitante, y finalizando de esta forma el Procedimiento Administrativo.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

Tres meses.

Efecto del silencio
Estimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Real Decreto 666/2023, de 18 de julio, por el que se regula la distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos veterinarios.
 

Contacto y ayuda

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 04/11/2024
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