Descripción
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ReferenciaI12
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Descripción
Depósito en el Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid del plan de actuación de cada ejercicio económico, presentado por las fundaciones adscritas al Protectorado de la Consejería, una vez comprobada su adecuación formal a la normativa vigente por el Protectorado de Fundaciones.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Requisitos
Fundaciones adscritas al Protectorado de la Consejería responsable.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Plan de Actuación
- Certificado de la aprobación por el Patronato del Plan de Actuación (con indicación de la relación de asistentes a la reunión de aprobación)
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para consultas puedes dirigirte al correo electrónico: regimenjuridico.maot@madrid.org
Tramitación
Las fundaciones deberán elaborar y presentar obligatoriamente en el Protectorado de Fundaciones de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, en los tres últimos meses de cada ejercicio, el plan de actuación correspondiente al ejercicio inmediatamente posterior.
La unidad responsable de examinar el plan de actuación para comprobar su adecuación a la normativa vigente es el Protectorado de Fundaciones, que realiza sus funciones a través de la Subdirección General de Régimen Jurídico de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
El procedimiento se inicia cuando la Fundación presenta la solicitud de depósito del plan de actuación.
El procedimiento finaliza con la remisión por parte del Protectorado al Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid del Plan de Actuación para su depósito o por el transcurso de tres meses desde la presentación de la solicitud sin pronunciamiento expreso de Protectorado.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Normativa
- Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y el modelo del plan de actuación de las entidades sin fines de lucro (BOE nº 283, de 24 de noviembre).
- Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal (BOE nº 279, de 22 de noviembre)
- Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones (BOE nº 310, de 27 de diciembre).
- Decreto 20/2002, de 24 de enero, por el que se regula el Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid (BOCM de 14 de febrero de 2002. Corrección de errores: BOCM de 28 de febrero de 2002)
- Ley 1/1998, de 2 de marzo, de Fundaciones de la Comunidad de Madrid (BOE nº 192, de 12 de agosto).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).