Descripción

  • Referencia
    66194
  • Descripción

    El Plan Alquila de la Comunidad de Madrid pone a disposición de los propietarios de viviendas, un servicio integral para que puedan poner en alquiler su vivienda con seguridad y plenas garantías. Se trata de inscribir la vivienda objeto de alquiler en el Plan Alquila, por parte del propietario o arrendador de la misma.

  • Tasa
    Requiere el pago de tasas

Requisitos

  1. Los propietarios que quieran arrendar su vivienda a través de este servicio deberán aportar la documentación solicitada junto a la solicitud correctamente cumplimentada y firmada por el interesado (se deberá cumplimentar y firmar una solicitud por cada propietario de la vivienda).
  2. Para ser registrada una vivienda en el Servicio Plan Alquila deberá cumplir con los requisitos de habitabilidad y contar con el alta de los suministros (agua, gas y electricidad) encontrándose todos ellos al corriente de pago.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
  2. Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes. 

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
  3. Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
  4. También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.

 

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Puedes darte de alta accediendo a este enlace.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
  • consultar su estado de tramitación.

Si deseas más información sobre tramitación electrónica pulsa este enlace.

Información Complementaria

Para más información pueden dirigirse a:

  1. Oficina de Vivienda de la Comunidad de Madrid
     
    • Dirección: Avda. de Asturias, 30. 28029 Madrid
    • Horario: lunes a viernes de 9 a 17h.(Agosto: lunes a viernes de 9 a 14h.)
       
  2. Oficina de Información de Vivienda Pública de la Comunidad de Madrid
     
    • Dirección: Calle Braganza s/n. 28025 Madrid
    • Horario: lunes a viernes de 9 a 14h.
       
  3. En la dirección de correo electrónico info@planalquila.madrid.org.
  4. Llamando al 012 eligiendo en la opción vivienda.
  5. Para jóvenes entre 18 y 35 años, en cualquier punto de información de la Red de Bolsas de Vivienda Joven en Alquiler de la Comunidad de Madrid.
  6. En las oficinas de atención al ciudadano de Ayuntamientos colaboradores: Alcorcón, Majadahonda, Pozuelo de Alarcón y Torrelodones.
  7. Centro de Información y Asesoramiento Universitario de la Comunidad de Madrid
     
    • Dirección: C/ Alcalá, 32 (planta baja) 28014 Madrid
    • Horario: De lunes a viernes de 9 a 14 h.
       
  8. También puede obtener información en el siguiente enlace.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras
Viceconsejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras
Dirección General de Vivienda y Rehabilitación

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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