Información
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Personas destinatarias
Candidatos a las pruebas selectivas organizadas por el Servicio Madrileño de Salud que solicitan la devolución de las tasas de examen.
Requisitos
Requisitos
Solo podrás solicitar la devolución de los ingresos indebidos, cuando se correspondan con alguno de estos supuestos:
- Duplicidad del ingreso.
- Ingreso de una cantidad superior a la exigida.
- Ser beneficiario de una exención total o parcial en el momento del pago de la tasa.
- Ingreso erróneo (ingreso para un proceso distinto al que se pretendía participar y en el que no se llegó a presentar la solicitud).
- Cuando se produzca una modificación sustancial de las bases de la convocatoria.
- Cuando no se realice la actividad por causas no imputables al obligado al pago.
Una vez aceptada la solicitud, te haremos la devolución a través de una transferencia. Por eso debes ser titular o cotitular de la cuenta bancaria en la que solicitas el ingreso.
Documentación
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Recibo de pago original.
- Certificado de Titularidad bancaria firmado electrónicamente por la entidad financiera, que justifique que el titular que figura en la tasa es titular o cotitular de la cuenta bancaria en la que solicita la devolución.
- Documento acreditativo de la existencia de la exención en el momento en el que se realizó el pago, en su caso.
- Documento acreditativo de la representación.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- DNI/NIE del solicitante.
- El pago de la tasa 030 en la categoría que corresponde.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
Plazos y efecto del silencio administrativo
Efecto silencio
Desestimatorio
Normativa de efecto del silencio
Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, que aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa.
Plazo resolución
Seis meses
Normativa
- Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por la que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 257, de 29 de octubre).
- Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 277, de 21 de noviembre).
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (BOE nº 302, de 18 de diciembre).
- Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, que aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa (BOE nº 126, de 27 de mayo).
- Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos. (BOCM nº174, de 23 de julio)
Órgano responsable
- Consejería de Sanidad
- Servicio Madrileño de Salud
- Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud