Información y documentación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
- Alumnado de centros de enseñanzas artísticas profesionales que ha pagado la matrícula indebidamente.
- Sus progenitores o representantes legales en el caso de menores de edad.
Requisitos
- Encontrarse en alguno de los supuestos que dan lugar a la devolución del pago:
- Haber pagado una cantidad superior a la exigida.
- Estudiar con una beca del Ministerio de Educación.
- Duplicidad en el pago.
- No prestarse el servicio por causas imputables al centro.
- No reunir los requisitos académicos o de edad para acceder a la enseñanza.
- Haber obtenido matrícula de honor en el curso anterior en la misma enseñanza.
- Corresponder una exención total o parcial en el momento del pago:
- Familia numerosa.
- Víctima del terrorismo.
- Realizar el pago para un centro distinto al que corresponde.
- Convalidación de asignaturas.
- Presentar la solicitud de devolución de ingresos en el plazo máximo de 4 años contados desde que se realizó el pago.
- Presentar junto a la solicitud el informe favorable del centro. Debe precisar la causa o razón por la que se estima la devolución de precios.
- Ser titular o cotitular de la cuenta bancaria en la que se solicita la devolución. En el caso de menores debe constar una autorización para abonar la devolución en la cuenta del padre, madre o tutor.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Impreso Modelo 030 validado por entidad colaboradora.
- Solicitud de matrícula.
- Libro de Familia completo (alumno menor de edad).
- Certificación de la titularidad de la cuenta de ingreso (copia de la cartilla bancaria, recibo, etc).
- Credencial de becario, convalidación de asignaturas, MH, o cualquier otra documentación justificativa que motive el derecho a devolución.
- Informe favorable del centro educativo.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Certificado de familia numerosa.
- Certificado de discapacidad.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa (BOE nº 126, de 27 de mayo).
- Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.Decreto Legislativo 1/2002 de 24 de octubre, de Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid (BOE nº 62, de 13 de marzo).
- Orden 3097/1996, de 9 de diciembre, de la Consejería de Hacienda, sobre recaudación de Ingresos.
- Catálogo de Precios Públicos de la Comunidad de Madrid y sus Acuerdos de modificación.
Órgano responsable
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
- Dirección General de Enseñanzas Artísticas
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.
Si eliges el correo certificado como medio de notificación al rellenar la solicitud, te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la persona solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que renuncia a su petición y dictaremos una resolución que así lo indique.
Una vez revisada la solicitud y la documentación aportada, resolveremos si procede o no la devolución. En caso afirmativo, realizaremos la devolución mediante transferencia bancaria en la cuenta indicada en la solicitud.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:
- 1 mes desde el día siguiente al que recibas la resolución.
- En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.
Contacto y ayuda
Contacto
Unidad Técnica de Gestión Económico-Administrativa
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud