Descripción
-
Referencia88360
-
Descripción
Procedimiento para la realización del ingreso del 10% del importe de una fianza por traspaso del depósito desde Régimen Concertado a Régimen General. Siempre va asociado a una Solicitud de trámites de Régimen Concertado mediante la que solicita dicho traspaso.
Deberá anexar tantos modelos 253 (Depósitos por traspaso de fianzas de Régimen Concertado a Régimen General) cumplimentados y pagados como fianzas quiera traspasar mediante una única solicitud de trámites de fianzas de Régimen Concertado.
-
TasaNo requiere el pago de tasas
Requisitos
Aquellos arrendadores que tengan fianzas depositadas en Régimen Concertado y cuyos depósitos se hayan traspasado a Régimen General, necesitando completar el 10% que falta.
Documentación a presentar
Acceda a la aplicación de depósito de fianzas y cumplimente los datos en el FORMULARIO ON LINE
- Una vez cumplimentado el impreso de autoliquidación, acceda a la Pasarela de pago de la aplicación, realice el depósito a través de su tarjeta de crédito, o través de su cuenta bancaria de Bankia, BBVA, Santander o Sabadell si dispone de una cuenta en alguna de estas entidades (en este último caso necesitará identificarse previamente mediante Certificado o DNI electrónico, Cl@ve PIN o Cl@ve permanente). Si ha realizado el pago por la Pasarela de Pago, le aparecerá el mensaje "Presentación del ingreso de fianza con Nº resguardo 99999 realizado correctamente", pudiendo descargarse el justificante y el resguardo en ese momento y/o recibirlo por correo electrónico, no siendo necesaria su presentación en ningún registro, pero si deberá adjuntar una copia del ejemplar interesado/Administración a la Solicitud de trámites de Régimen Concertado.
- Si no dispone de tarjeta de crédito o si no tiene cuenta bancaria en alguna de esas entidades, debe imprimir el formulario cumplimentado y proceder al ingreso de la fianza en alguna sucursal de Bankia, Santander o Sabadell. La entidad bancaria le devolverá la copia interesado/Administración mecanizada, como justificante del depósito, que deberá adjuntar a la Solicitud de trámites de Régimen Concertado
Horario de atención al público
Dirección: C/ Basílica, 23. 28020 Madrid
Teléfono: 91 580 91 29
E-mail: regimenconcertado@madrid.org
Horario de atención al público: de 9 a 14 h. de lunes a viernes.
En el teléfono 012 (horario de atención, de lunes a viernes de 8 a 22 h. Sábado, domingo y festivos, de 10 a 22 h).
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
- Sigue las indicaciones de cumplimentación y de anexado de documentos (si se requieren), así como de envío de la solicitud al Registro electrónico.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Normativa
- Resolución 2170/2017, de la Directora-Gerente de la Agencia de Vivienda Social, por la que se publican los modelos de solicitud de los procedimientos denominados “Devolución de fianzas de arrendamientos”, “Depósito de fianzas de arrendamientos”, “Compensación/actualización fianzas” (BOCM nº 181, de 1 de agosto).
- Decreto 111/2016, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 181/1996, de 5 de diciembre, por el que se regula el régimen de depósito de fianzas de arrendamientos en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 282, de 24 de noviembre).
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº236, de 2 de octubre de 2015)
- Decreto 245/2000, de 16 de noviembre del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid (BOCM de 23 de noviembre de 2000. Corrección de errores: BOCM de 20 de diciembre de 2000, 22 de enero de 2001).
- Ley 12/1997, de 4 de junio, Reguladora de las Actuaciones Inspectoras y de la Potestad Sancionadora en Materia de Depósito de Fianzas de Arrendamientos de la Comunidad de Madrid (BOCM de 11 de junio).
- Decreto 181/1996, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el régimen de depósito de fianzas de arrendamientos en la Comunidad de Madrid (BOCM de 26 de diciembre).
- Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, Jefatura del Estado (BOE nº 282, de 25 de noviembre).
Órgano responsable
Te puede interesar
Traspaso, Cesión o Subarriendo de Local Comercial
10 septiembre 2009Solicitud de trámites de fianzas en Régimen Concertado
26 noviembre 2009
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).