Descripción
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Referencia13369
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Descripción
Desarrollo de colaboración social en la gestión de los tributos con Colegios o Asociaciones Profesionales relacionados en su actividad con la gestión tributaria, para que los colegiados o miembros de los mismos que individualmente se adhieran a los citados convenios o acuerdos, puedan realizar la presentación y pago telemático de autoliquidaciones tributarias de terceras personas.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
- Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
- Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
- También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.
Información Complementaria
Condiciones generales:
En el acuerdo o convenio de colaboración suscrito se deberá expresar cuál es su alcance, determinando cuáles serán las declaraciones tributarias cuya presentación va a poder ser efectuada por el colaborador y, en su caso, el colectivo de declarantes al que se va a poder aplicar.
- Para la conexión con el Sistema Informático de la Dirección General de Tributos se deberá disponer de:
- Certificado digital reconocido por la Comunidad de Madrid.
- Ordenador servidor que permita el establecimiento de comunicaciones telemáticas seguras con el fin de proporcionar información como respuesta a solicitudes del ordenador cliente utilizando protocolo https.
- Para hacer frente al pago de las declaraciones tributarias con resultado a Ingresar, el colaborador deberá ser titular, o estar autorizado, de una cuenta abierta en una entidad colaboradora en la gestión recaudatoria de los tributos de la Comunidad de Madrid que se haya adherido al sistema de anotación electrónica en cuenta.
- La Comunidad de Madrid y las personas o entidades con los que se suscriba el acuerdo o convenio de colaboración establecerán un sistema de comunicación telemática, a través de sus respectivos servidores Web, para el intercambio de la información necesaria para la presentación y pago, en su caso, de las declaraciones tributarias, que contará con las medidas de seguridad suficientes para garantizar la confidencialidad, autentificación, inalterabilidad, autoría, y no repudio, en las comunicaciones que se realicen en ambos sentidos.
Tramitación
La Dirección General de Tributos autorizará a los profesionales colegiados o asociados para efectuar la presentación telemática de dichas autoliquidaciones. Para obtener esta autorización los presentadores profesionales deberán suscribir previamente un documento individualizado de adhesión al contenido del convenio o acuerdo.
Los presentadores a que se refiere el párrafo anterior que presenten de forma telemática autoliquidaciones tributarias en representación de terceras personas, deberán ostentar la representación en los términos establecidos en el artículo 46 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. La Dirección General de Tributos podrá instar de los mismos, en cualquier momento, la acreditación de dicha representación.
La falta de representación suficiente de las personas en cuyo nombre se hubiera presentado la documentación, dará lugar a la exigencia de las responsabilidades que fueran procedentes.
Las personas, entidades, instituciones y organizaciones citadas en los párrafos anteriores, deberán cumplir los requisitos que para el tratamiento automatizado de datos de carácter personal se exigen en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid.
El incumplimiento por los profesionales de las clausulas del convenio o acuerdo al que estuviera adherido, dará lugar a la revocación de la autorización individual concedida.
Normativa
- Resolución de 13 de septiembre de 2011, de la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, por la que se publica el modelo de impreso “Documento individual de Adhesión al Convenio de Colaboración Social con la Consejería de Economía y Hacienda para la presentación de declaraciones tributarias en nombre de terceros”. (texto consolidado)
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).