Descripción

  • Referencia
    13172
  • Descripción

    Comunicación dirigida a la administración competente sobre posibles deficiencias o carencias en los medicamentos de uso humano y de uso veterinario y los productos sanitarios y cosméticos durante las fases de investigación, fabricación, almacenamiento, distribución, publicidad, prescripción, dispensación, administración y utilización.

Destinatarios

Ciudadanos, profesionales y empresas.

Requisitos

Aportar la documentación y/o pruebas que justifiquen la denuncia o reclamación.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación y/o pruebas que justifiquen la denuncia o reclamación.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Selecciona una de estas dos opciones:
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Si deseas ampliar esta información puedes hacerlo:

  • Dirigiéndote a la C/ Espronceda, 24, 4ª planta. 28003 Madrid.
  • A través de los teléfonos: 91 370 28 22 / 16
  • A través del correo electrónico: control.farmaceutico@salud.madrid.org

Tramitación

Al presentar una denuncia sobre posibles deficiencias o carencias en los medicamentos de uso humano y de uso veterinario o en los productos sanitarios o cosméticos durante las fases de investigación, fabricación, almacenamiento, distribución, publicidad, prescripción, dispensación, administración y utilización, los inspectores oficiales investigarán el problema, ayudando a prevenir que éste se vuelva a producir.

Las actuaciones de la Administración Sanitaria comprenden la realización de las evaluaciones y/o inspecciones pertinentes y la adopción las medidas que procedan para la solución del problema.

En caso de detectar una infracción, se podrá iniciar un expediente sancionador. En ese caso, el denunciante tiene derecho a ser informado de su iniciación y resolución.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Sanidad
Viceconsejería de Sanidad
Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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