Última actualización: 08/04/2024

Descripción

  • Referencia
    30065
  • Descripción

    Comunicación que el consumidor y/o empresa dirige a la administración competente por denuncias relativas a productos alimenticios que presenten merma de su calidad comercial, autenticidad, etiquetado defectuoso, peso neto inferior a lo indicado, con indicaciones que puedan ser no veraces en:  su origen, sistemas de producción, elaboración, composición, marcas de calidad diferencia ( DOP, IGP, ETG) u otros mensajes incluidos en su etiquetado y/o publicidad que puedan resultar engañosas y suponer un fraude al consumidor.

Destinatarios

Persona física o jurídica.

Requisitos

Aportar pruebas que justifiquen la denuncia.

Documentación a presentar

Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.

Documentación a aportar: 

  1. Documentos y/o pruebas que justifiquen la denuncia.
  2. Documento acreditativo de la Representación que ostenta de cara al interesado (Sólo en caso de tramitación de denuncias por medio de representante):
    1. Para representar a personas jurídicas: Documentación justificativa de la capacidad legal de representación (Acta de constitución de la Empresa, Poder notarial,…).
    2. Para representar a personas físicas: documento (indicando nombre, apellidos y DNI del interesado y representante) firmado por el interesado, que acredite la representación.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

Presentación digital

Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Pulsa Tramitar y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa Cumplimentar y accede a tu Cuenta Digital.
  3. Rellena el formulario. Si no finalizas su cumplimentación, queda guardado como borrador en Mis Gestiones.
  4. Adjunta los documentos y, para finalizar, pulsa Firmar y enviar solicitud.

Una vez enviada la solicitud, puedes consultar su estado en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital.

También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.

Presentación presencial

Puedes realizar este trámite de forma presencial, salvo que seas una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.

Pulsa Tramitar y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vayas a aportar junto a la solicitud.

  2. Pulsa Presentar presencialmente en oficina. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Una vez relleno, pulsa Descargar formulario para descargarlo en formato PDF e imprimirlo.
  4. Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados para ello.

Recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para consultas sobre este trámite dispones del correo electrónico: calidad.alimentaria@salud.madrid.org

Tramitación

Una vez recibida la denuncia se valorará la documentación presentada y se gestionará a la autoridad competente encargada del control oficial correspondiente para posibles actuaciones y respuesta al denunciante.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Sanidad
Viceconsejería de Sanidad
Dirección General de Salud Pública

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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