Última actualización: 04/04/2024

Descripción

  • Referencia
    R6
  • Descripción

    Los procedimientos sancionadores se inician de oficio por acuerdo del órgano competente, por iniciativa propia o a consecuencia de una orden superior, a petición razonada de otros órganos o por denuncia. Los ciudadanos tienen derecho a presentar alegaciones al Acuerdo de inicio del expediente sancionador por la comisión de infracciones en materia de energía.

Destinatarios

Pueden presentar alegaciones los interesados en el procedimiento:

  1. Quienes figuren como presuntos responsables en el expediente, en todo caso.
  2. Los titulares de derechos e intereses legítimos que se puedan ver afectados.

La presentación de una denuncia no otorga por sí sola la condición de interesado en el procedimiento.

Requisitos

  1. Ser la persona física o jurídica señalada en el expediente sancionador como presunta responsable o representante de la misma, en cuyo caso se deberá acreditar la representación.
  2. Presentar las alegaciones al acuerdo de iniciación del expediente sancionador en el plazo máximo de quince días hábiles desde su notificación. 
  3. Incluir en el escrito de alegaciones (solicitud):
    1. El número de expediente.
    2. La fecha de notificación.
    3. Las alegaciones.
    4. En su caso, los documentos que estime conveniente para justificar las alegaciones.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. En su caso, los documentos que estime conveniente.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
 

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Selecciona una de estas dos opciones:
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para dudas o consultas puedes contactar a través del teléfono que se indique en el acuerdo de iniciación y también a través del siguiente correo electrónico: sancionadoresenergia@madrid.org

Tramitación

Recibidas las alegaciones al acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador se contestarán en la propuesta de resolución, que se notificará a los interesados, concediéndoles un plazo de quince días hábiles para realizar alegaciones.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
Dirección General de Transición Energética y Economía Circular

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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