Descripción
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ReferenciaR17
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Descripción
Abono de los gastos de comunidad de propietarios, cuando existe impago por parte del inquilino, o bien se trata de viviendas ocupadas o vacías de la Agencia de Vivienda Social.
Las cuotas de comunidad de las viviendas alquiladas que hayan sido abonadas por la Agencia se repercuten a los inquilinos en la renta mensual.
Las reclamaciones se tramitan a solicitud del administrador de la finca o del Presidente de la Comunidad.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Destinatarios
Presidente de la Comunidad de propietarios, el administrador o persona autorizada.
Requisitos
Requisitos de la vivienda
- Pertenecer como inmueble al parque de viviendas de la Agencia de Vivienda Social.
Requisitos de la documentación
- Adjuntar cumplimentado el Anexo de Relación de gastos reclamados. Ten en cuenta que es imprescindible su presentación para la tramitación del pago.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Documentos que se deben acompañar a todas las solicitudes:
- Anexo Relación de gastos reclamados.
- Acta en la que se recoge la aprobación de las cuotas o gastos comunitarios objeto de la reclamación (cuotas ordinarias, derramas por obras, provisión de fondos, etc.).
- En caso de no existir aún acta aprobando las cuotas objeto de reclamación, o que en la misma no se especifique los inmuebles por meses y conceptos, se deberá presentar certificado del secretario-administrador o presidente de la Comunidad en la que se desglosen los importes solicitados.
- En caso de aportarse el Libro Mayor firmado por el administrador-secretario para desglosar la deuda, se deberá especificar por meses e importes el origen de los apuntes de apertura.
- En caso de que la reclamación incluya gastos de suministros, los recibos correspondientes.
- Acta donde se reconozcan el nombramiento de nuevo presidente, vicepresidente o administrador-secretario, en caso de renovación de los cargos.
- Documentos a acompañar cuando se solicite el abono de derramas por obras:
- Acta en la que se recoge la aprobación de las obras o cuotas extraordinarias.
- Presupuesto firmado por el representante de la comunidad y el contratista.
- Facturas o certificaciones parciales.
- Además, cuando se solicite el abono por primera vez:
- NIF de la Comunidad.
- Certificado bancario firmado digitalmente acreditativo de la titularidad de la cuenta de la Comunidad de Propietarios, donde figure el nombre de la misma y el código IBAN.
- Acta donde se reconozcan los nombramientos de los cargos de presidente, vicepresidente o administrador-secretario vigentes en el momento de la solicitud.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- Documento de Identificación en vigor (DNI o NIE) del solicitante.
- NIF de la Comunidad.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Selecciona una de estas dos opciones:
- Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para consultas o dudas relacionadas con este trámite, dispones del correo electrónico: comunidades.agenciavivienda@madrid.org
Tramitación
Recibida la solicitud y trasladada al Departamento correspondiente, se procede a su estudio, se da de alta en el sistema informático y si la documentación aportada es la idónea y suficiente se iniciará el procedimiento de pago.
Normativa
- Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal (BOE nº 176, de 23 de julio).
Órgano responsable
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).