Descripción
-
Referencia71013
-
Descripción
Comunicación previa del inicio de actividad, modificación de datos comunicados y cese de la actividad de venta de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica a través de sitio web, por parte de las oficinas de farmacia interesadas.
Documentación a presentar
La documentación original ha de escanearse y adjuntarse en archivos independientes en formato PDF.(Podrá obtener los modelos en el botón de Tramitar al principio de esta ficha)
Documentación General
- Para comunicación de inicio de actividad
- Para comunicación de modificación de dirección de sitio web
- Para comunicación de modificación de datos por transmisión de parte indivisa de la oficina de farmacia y para la comunicación de modificación de datos por regencia
- Para comunicación por traslado de la oficina de farmacia.
- Para comunicación de cese de actividad.
Documentación Específica
En la sección Documentación de interés se especifica la documentación precisa en los siguientes casos:
- Cotitularidad de la oficina de farmacia o regencia
- Representación disponible para otros supuestos.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
- Sigue las indicaciones de cumplimentación y de anexado de documentos (si se requieren), así como de envío de la solicitud al Registro electrónico.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para realizar las comunicaciones:
Documentación de interés
Tramitación
Las comunicaciones de inicio de actividad y de cualquier modificación de datos incluidos en la notificación, así como el cese de esta actividad, se realizarán al menos 15 días antes de llevarse a efecto.
- Únicamente por vía telemática.
- Previamente a su envío habrá de escanear y anexar la documentación.
- A través del siguiente enlace podrá realizar todas las gestiones. (Puede encontrar la información relativa a la presentación de comunicaciones en la sección Documentación de interés).
- En el caso de comunicación de inicio de actividad, ha de utilizarse la pestaña “Comunicación previa” del enlace indicado, que le permitirá cumplimentar datos en “Formulario de comunicación de actividad de venta a distancia de medicamentos” y adjuntar archivos.
Una vez enviado este formulario de comunicación, con sus archivos adjuntos, se recibirán las credenciales de acceso (usuario y contraseña) con las que podrá acceder a la aplicación y consultar el estado de su expediente.
Estas credenciales le permitirán también notificar una modificación de los datos, o bien el cese de la actividad.
Estas tres acciones -consultar el estado de su expediente, notificar una modificación de los datos o notificar el cese de la actividad- puede realizarlas utilizando la pestaña "Estado comunicación”. - Estado del expediente: El estado del expediente de comunicación podrá ser consultado en cualquier momento por el interesado, utilizando el usuario y contraseña obtenidos al realizar la comunicación, en la pestaña “Estado de la comunicación”.
Una vez revisado su expediente, pasará a una de estas dos fases:- Subsanación de las comunicaciones: Si fuera necesario realizar mejoras en el formulario, documentación anexa o página web declarada, se enviará a su correo electrónico un archivo en formato pdf, donde se le indicarán las modificaciones necesarias para la tramitación del expediente. Estas subsanaciones se llevan a cabo únicamente por vía telemática. Ha de utilizarse la pestaña "Estado comunicación”.
- Finalización de los expedientes: Una vez comprobados la documentación del expediente, la dirección y el contenido del sitio web habilitado en la dirección declarada, y solicitadas las correspondientes mejoras si es el caso, el usuario recibirá un archivo en formato pdf en su correo electrónico, en el que se notificará la Aceptación o Rechazo de la comunicación.
Si la comunicación es aceptada, se deberán seguir las instrucciones para descargar el logotipo común, recordándose que la actividad no podrá iniciarse, en ningún caso, hasta la activación efectiva de éste en su página web. El logotipo común deberá ser insertado, de manera que esté claramente visible, en cada una de las páginas del sitio web que realice la venta a distancia de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica.
Si la comunicación es rechazada recibirá en su correo electrónico un archivo pdf notificando el rechazo de la comunicación. Si así lo desea podrá realizar una nueva comunicación, no existiendo impedimento para la utilización de la misma denominación del sitio web siempre y cuando este no haya sido la causa de su rechazo.
- Modificación de datos y cese de actividad
- Debe comunicarse cualquier modificación de los datos incluidos en la notificación. En especial, la modificación de la dirección del sitio web declarado, los cambios de titularidad de la oficina de farmacia y el traslado de la oficina de farmacia (es necesario actualizar los nuevos datos en la web). En caso de modificación del sitio web, recuerde que no podrá realizarse la actividad ni cargarse el logotipo en el nuevo sitio web hasta que reciba oficio de aceptación de la comunicación de modificación.
- El cese de actividad debe comunicarse al menos 15 días antes de llevarlo a efecto. Se enviará a su correo electrónico un archivo en formato pdf en el que se informará de que se ha procedido a la correspondiente baja.
- La aceptación, el rechazo, la modificación de datos y el cese de actividad se reflejarán en la página que muestra la lista actualizada de oficinas de farmacia que han notificado la actividad y con comunicaciones aceptadas. Puede accederse a este listado a través del siguiente enlace.
- Si desea ampliar esta información puede hacerlo:
- Dirigiéndose al Área de Autorización de Centros, Servicios, Establecimientos Farmacéuticos y Productos Sanitarios. C/ Aduana, 29, 4ª planta - 28013 Madrid.
- A través del correo electrónico: ventainternet@salud.madrid.org
- A través del teléfono: 91 426 90 19
Normativa
- Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre)
- Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios
- Reglamento de Ejecución (UE) n° 699/2014 de la Comisión, de 24 de junio de 2014, sobre el diseño del logotipo común para identificar a las personas que ofrecen al público medicamentos por venta a distancia y los criterios técnicos, electrónicos y criptográficos a efectos de la verificación de la autenticidad de dicho logotipo.
- Real Decreto 870/2013, de 8 de noviembre, por el que se regula la venta a distancia al público, a través de sitios web, de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica
Órgano Responsable
Te puede interesar
- 04 agosto 2023
- 04 agosto 2023
Viviendas con protección pública para venta o uso propio
11 Mayo 2012Autorización de establecimientos de primera venta de productos pesqueros
22 septiembre 2010- 11 abril 2024
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).