Descripción
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Referencia45512
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Descripción
Las personas titulares de publicaciones o medios audiovisuales científicos o profesionales que vayan a incluir publicidad de medicamentos de uso humano, están obligadas a comunicar la condición de soporte válido de publicidad de medicamentos a la autoridad sanitaria. Esto supone que el acceso a la publicidad de los medicamentos está restringido a profesionales que prescriben o dispensan medicamentos.
La comunicación de soporte válido debe realizarse antes del inicio de su actividad.
Destinatarios
- Laboratorios farmacéuticos
- Editoriales sanitarias
- Empresas de comunicación del sector médico y farmacéutico
- Consultoras farmacéuticas
- Sociedades científicas
Requisitos
- Tener su domicilio social en la Comunidad de Madrid.
- La publicación debe tener carácter científico o profesional y estar dirigida, sea cual sea su formato, exclusivamente a profesionales facultados para prescribir o dispensar medicamentos.
- Realizar la comunicación antes de la fecha prevista de difusión de la publicación o medio audiovisual.
- Indicar, en la comunicación, información detallada sobre:
- El título de la publicación o medio audiovisual
- La fecha prevista de difusión
- El ámbito de difusión
- El tipo de publicación
- Declarar expresamente en la comunicación que:
- Asume la responsabilidad de garantizar que la publicación o medio audiovisual se difundirá exclusivamente a personas facultadas para prescribir o dispensar medicamentos.
- Se considera soporte adecuado para admitir publicidad de medicamentos de uso humano, al tener carácter básicamente científico o profesional y estar relacionado con la práctica de la medicina o la farmacia.
Documentación a presentar
Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Ejemplar de la publicación o medio audiovisual.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para consultas sobre este trámite puedes contactar con:
- Área de Control Farmacéutico y Productos Sanitarios, C/ Espronceda, 24, 4ª planta, 28003 Madrid
- Teléfono: 913702825, 913702814 y 913702826.
- Correo electrónico: controlpublicidad@salud.madrid.org
Documentación de interés
Normativa
- Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios (BOE nº 177, de 25 de julio).
- Circular de Farmacia 1/2000, de 10 de mayo, de la Dirección General de Sanidad de la Consejería de Sanidad y Consumo de Madrid, sobre normas generales de aplicación del algunos artículos del Real Decreto 1416/1994.
- Circular 6/1995, de 25 de abril, de la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios del Ministerio de Sanidad y Consumo, sobre aclaraciones al Real Decreto 1416/1994.
- Real Decreto 1416/1994, de 25 de junio, que regula la publicidad de los medicamentos de uso humano (BOE nº 180, de 29 de julio).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).