Información
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ReferenciaD85
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Descripción
Las empresas operadoras de máquinas de juego y de azar deben acreditar la situación de las máquinas tras la extinción de su autorización de explotación, por alguno de los siguientes motivos:
- La sustitución de la máquina por canje.
- La renuncia a la autorización de explotación.
Debes comunicar en cuál de las situaciones se encuentra la máquina:
- Inutilizada.
- Desguazada.
- Destruida.
- En depósito para desguace o destrucción.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Empresas operadoras titulares de una autorización de explotación de máquinas de juego y de azar.
Requisitos
- Acreditar documentalmente la situación de la máquina en el plazo máximo de 1 mes, mediante un certificado u otro documento justificativo.
- Indicar en la solicitud:
- Datos de la empresa operadora.
- Datos de la persona representante.
- Datos de la máquina.
- Motivo de acreditación de su situación.
- Situación de la máquina.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Certificado del fabricante, importador, comercializador o distribuidor acreditando la inutilización, desguace o destrucción de la máquina.
- Copia simple notarial de los poderes otorgados por la empresa operadora, en su caso
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Subdirección General de Ordenación y Gestión del Juego
- Dirección: Calle Ventura Rodríguez, 7. 28008 Madrid
- Teléfono: 91 580 30 89
- Correo electrónico: gestionjuego@madrid.org
Normativa
- Decreto 73/2009, de 30 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Juego de la Comunidad de Madrid y se modifican otras normas en materia de juego (BOCM de 13 de agosto de 2009).
- Ley 6/2001, de .3 de julio, del Juego en la Comunidad de Madrid (BOCM de 4 julio de 2001).
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Secretaría General Técnica de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la comunicación se analizará su contenido y la documentación aportada.
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud