A partir del 1 de julio de 2023, las solicitudes de inscripción en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA) quedan sustituidas por el trámite de Declaración para inscripción o actualización en el Registro de Explotaciones Agrícolas
Se inscribirán de oficio las explotaciones inscritas en el Registro General de Producción Agrícola y en el Registro Vitícola, así como las que hayan presentado la solicitud única PAC 2023.
Descripción
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ReferenciaD44
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DescripciónLas explotaciones que realicen su actividad en el ámbito de la producción primaria agrícola (salvo las explotaciones de autoconsumo), así como las explotaciones que quieran beneficiarse de alguna de las ayudas de la PAC - Política Agraria Común - (no incluidas aún las ganaderas sin recintos agrícolas) requieren su inscripción en el Registro de Explotaciones Agrícolas (REA) previa solicitud.
Sólo las nuevas explotaciones deben solicitar su inscripción inicial en el plazo de un mes desde el inicio de la actividad. Además, todas las explotaciones deben actualizar los datos contenidos en el REA al menos una vez al año y notificar el cese de su actividad en el plazo máximo de un mes desde su finalización.
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Más información
Destinatarios
- Titulares de explotaciones de producción primaria agrícola, salvo de explotaciones de autoconsumo (no incluidas aún las ganaderas sin recintos agrícolas).
- Titulares de explotaciones que quieran beneficiarse de alguna de las ayudas de la PAC.
Requisitos
Requisitos
- Solicitar la inscripción inicial en el REA dentro del mes siguiente al inicio de la actividad, en el caso de nuevas explotaciones. Se inscribirán de oficio las explotaciones que ya estuvieran registradas en solicitud única PAC 2023, en el Registro General de Producción Agrícola y en el Registro Vitícola.
- Completar o actualizar los datos contenidos en el REA al menos una vez al año (en 2023 antes de fin de año). De él se obtendrá a partir de ahora la Solicitud Única de ayudas PAC, y será la base de información para completar el cuaderno digital de explotación (CUE) y para suministrar dicha información al sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas (SIEX) nacional.
- Notificar el cese de actividad dentro del mes siguiente al abandono de la actividad.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- NIF del solicitante
- NIF del representante legal
- Acreditación del representante legal
- Autorización a una entidad colaboradora para el acceso/cumplimentación de sus datos, en su caso.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
Ten en cuenta
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
- Sigue las indicaciones de cumplimentación y de anexado de documentos (si se requieren), así como de envío de la solicitud al Registro electrónico.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.
Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.
Información Complementaria
El Registro general de la producción agrícola (REGEPA), se integra en el Registro de Explotación Agraria (REA) junto con otros registros oficiales, completando y ampliando la información registrada.
La inscripción en el registro en REA es un trámite obligatorio, una exigencia legal. Una vez la solicitud pasa todas las validaciones, queda registrada, y la explotación con la información facilitada por el interesado quedará inscrita en el Registro de Explotaciones.
El interesado puede consultar la información que contiene su explotación en cualquier momento en el módulo "Registro de Explotaciones" de la aplicación Sga. Es muy importante que la información de la explotación en el REA esté completa y actualizada, puesto que de él se obtendrá a partir de ahora la Solicitud Única de ayudas PAC, y será la base de información para completar el cuaderno digital de explotación (CUE) y suministrar dicha información al sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas (SIEX) nacional.
Para consultas sobre este trámite, puedes dirigirte a:
- correo electrónico: ayudasdirectas_pac@madrid.org
- Cualquiera de las Delegaciones de Agricultura y Ganadería
Tramitación
Una vez presentada la declaración para su inscripción en el Registro de Explotaciones Agrarias, se llevarán a cabo unos controles administrativos, tras los cuales podrá requerirse que complete la información, en caso necesario.
Normativa
- Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola.(BOE nº 312, de 29 de diciembre)
- Orden APA/204/2023, de 28 de febrero, por la que se establece y regula el contenido mínimo del Registro autonómico de explotaciones agrícolas y del Cuaderno digital de explotación agrícola y la cronología de incorporación de fuentes de información en el Sistema de información de explotaciones agrícolas, ganaderas y de la producción agraria.(BOE nº 54, de 4 de marzo)
- Resolución de 25 de mayo de 2023, de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación, por la que se establecen detalles técnicos sobre el sistema de información de explotaciones agrícolas, ganaderas y de la producción agraria, así como del registro autonómico de explotaciones agrícolas y el cuaderno digital de explotación agrícola. (BOE nº 130, de 1 de junio)
- Real Decreto 9/2015, de 16 de enero, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de higiene en la producción primaria agrícola. (BOE nº 24, de 28 de enero)
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).