Descripción
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ReferenciaD77
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Descripción
Las personas farmacéuticas titulares de una oficina de farmacia deben comunicar la designación de la persona farmacéutica que va a trabajar como regente a la dirección general competente en ordenación farmacéutica. Además, deben comunicar:
- Las modificaciones en los datos comunicados
- Su baja y cese del cargo
Si la persona titular de la oficina fallece, las personas herederas deben realizar los trámites anteriores.
La persona designada como regente puede comunicar el cese de su cargo y su propia baja a través del siguiente trámite:
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
- Personas farmacéuticas titulares de oficinas de farmacia
- Personas herederas de la persona titular, en caso de fallecimiento.
Requisitos
Alta de persona regente
- Tener la licenciatura en Farmacia, el grado de Farmacia o una homologación reconocida.
- Estar colegiado en el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid.
- Comunicar el alta en un plazo máximo de 1 mes desde que se produce alguna de las siguientes causas:
- Fallecimiento de la persona farmacéutica titular de la oficina de farmacia
- Jubilación
- Incapacidad
- Declaración judicial de ausencia
- Indicar en el formulario:
- Datos de la persona que lo comunica.
- Datos de la persona representante.
- Datos de la oficina de farmacia.
- Datos de la persona farmacéutica propuesta.
Baja de persona regente
- Comunicar el cese de la persona regente en el plazo máximo de 7 días desde que se produce.
- Indicar en el formulario:
- Datos de la persona que lo comunica.
- Datos de la persona representante.
- Datos de la oficina de farmacia.
- Datos de la persona farmacéutica propuesta
Variación de datos de persona regente
- Comunicar la variación de los datos de la persona regente en el plazo máximo de 7 días desde que se produce.
- Indicar en el formulario:
- Datos de la persona que lo comunica.
- Datos de la persona representante.
- Datos de la oficina de farmacia.
- Datos de la persona farmacéutica propuesta
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para consultas sobre este trámite puedes contactar con:
- Área de Autorización de Centros, Servicios y Establecimientos Farmacéuticos
- Dirección: Calle Aduana 29. 28013 Madrid
- Correo electrónico: orden.farm@salud.madrid.org
- Teléfono: 91 426 90 19
- Horario de atención: lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas
Tramitación
Una vez presentada la comunicación, si la comunicación y la documentación son correctas enviaremos escrito de acuse de recibo de la comunicación y anotaremos la designación de la persona farmacéutica regente en los archivos de la dirección general competente en ordenación farmacéutica.
Si detectamos que la comunicación no reúne los datos y requisitos exigidos, enviaremos un escrito a la persona interesada para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que la comunicación no se ha realizado. Si se ha subsanado lo necesario enviaremos escrito de acuse de recibo de la comunicación.
Es importante conocer que no realizar el trámite de comunicación puede tener como consecuencia responsabilidades administrativas, penales o civiles.
Normativa
Ley 13/2022, de 21 de diciembre, de Ordenación y Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 304, de 22 de diciembre).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).