Tramitación

Pago de tasas

Es necesario pagar la tasa en la notificación de los siguientes casos:

  1. Primera puesta en el mercado nacional.
  2. Modificación de producto notificado por alguna de estas causas:
    1. Cambio de empresa responsable de comercialización.
    2. Cambio de denominación.
    3. Cambio de composición del producto.

Están exentas del pago de tasa las notificaciones por:

  1. Modificaciones de la etiqueta que no suponen cambio de empresa responsable de la comercialización, cambio de denominación o cambio de composición.
  2. Cese de comercialización del producto.
  3. Otras notificaciones, como el cambio de fabricante del producto.
Métodos de pago

La tasa se puede pagar mediante tarjeta bancaria, Bizum, cargo en cuenta, o bien, se puede descargar el modelo para su pago presencial. 

Tasa
  • Tasa de inspecciones o auditorías y autorizaciones administrativas de salud pública

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

Presentación digital

Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Paga la tasa y guarda el justificante.
  3. Pulsa "Acceder" para entrar en tu Cuenta Digital.
  4. Rellena el formulario. Si no lo completas, se queda guardado como borrador en "Mis Gestiones".
  5. Adjunta los documentos y pulsa "Firmar y enviar solicitud" para finalizar.
Solicitud

Consulta el estado y evolución

Una vez enviada, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:

  • Consultar el estado de la solicitud.
  • Consultar los documentos enviados.
  • Aportar documentación a la solicitud.
  • Consultar tus comunicaciones
  • Enviar comunicaciones.

También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

En caso de notificar la primera puesta en el mercado nacional, una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.

Si falta algún documento o hay algún incumplimiento relacionado con la composición o etiquetado del producto, enviaremos un escrito a la persona solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 o 15 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos).

Si la documentación es correcta, trasladaremos el expediente a la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) para incluir el complemento alimenticio en la base de datos nacional, donde estará disponible para consulta pública.

Si la documentación no es correcta, emitiremos una resolución por la que se considera no comunicada la comercialización y el complemento alimenticio no podrá estar a la venta en el mercado nacional.

Cualquier comunicación de modificación de la información del complemento o de cese de comercialización será trasladada a AESAN para mantener actualizada la base de datos nacional.

Recursos

Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes presentar un recurso de alzada en el plazo de 1 mes desde el día siguiente al que la recibas.

Acceso al trámite de recurso de alzada

Contacto y ayuda

Contacto

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 02/03/2026
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