Descripción
-
Referencia45754
-
Descripción
La empresa responsable de la comercialización de complementos alimenticios en España debe comunicar su puesta en el mercado nacional a las autoridades sanitarias, antes o de manera simultánea a su primera comercialización.
-
TasaRequiere el pago de tasas
Destinatarios
Personas físicas o jurídicas responsables de la comercialización de complementos alimenticios en el mercado español.
Requisitos
- Ser la persona responsable de la comercialización del producto en España. Esto implica que su empresa aparece identificada en el etiquetado del complemento.
- Estar inscrito en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA) en la clave específica de alimentación: clave 26, actividad 25.
- Garantizar que la composición cualitativa y cuantitativa del producto se ajusta a la normativa vigente.
- Notificar los siguientes casos:
- Notificación inicial, antes o de manera simultánea a su primera comercialización en el mercado nacional.
- Modificación en la información de notificación inicial, sea a iniciativa propia o por requerimiento de la autoridad sanitaria. Ejemplos: cambios en la composición cualitativa o cuantitativa del complemento, cambio en la denominación del producto, etc.
- Baja de la comercialización.
- Otras situaciones no contempladas en los puntos anteriores.
- Presentar una notificación por cada producto, previo pago de la tasa por cada uno de ellos. Están exentas del pago de la tasa las notificaciones por:
- Baja del producto
- Modificaciones no relacionadas con la composición del complemento (por ejemplo, cambio de fabricante).
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Etiqueta del producto (Las menciones, indicaciones, marcas de fábrica o comerciales, dibujos o signos relacionados con un producto alimenticio que figuren en cualquier envase, documento, rótulo, etiqueta, faja o collarín que acompañen o se refieran a dicho producto alimenticio).
- Justificante de abono de la tasa (mod. 030).
- Documentación relativa a la comercialización del producto en el Estado Miembro de origen según Reglamento (UE) 2019/515 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de marzo de 2019, relativo al reconocimiento mutuo de mercancías comercializadas legalmente en otro Estado miembro y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.° 764/2008.
- Etiqueta original con la que se comercializa el producto en dicho Estado Miembro.
- Documentación que acredite que la persona física o jurídica que efectúa la notificación representa a la empresa responsable de la comercialización del producto en el territorio nacional.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF de la Empresa.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
Presentación digital
Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Pulsa Tramitar y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Abona la tasa y guarda el justificante de pago.
- Pulsa Cumplimentar y accede a tu Cuenta Digital.
- Rellena el formulario. Si no finalizas su cumplimentación, queda guardado como borrador en Mis Gestiones.
- Adjunta los documentos y, para finalizar, pulsa Firmar y enviar solicitud.
Una vez enviada la solicitud, puedes consultar su estado en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.
Información Complementaria
La notificación permite iniciar la comercialización del producto en España desde el día que se presenta, sin perjuicio de los controles que puedan efectuar las autoridades competentes, que podrán requerir la subsanación de los incumplimientos detectados e iniciar el procedimiento sancionador correspondiente cuando proceda.
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Área de Gestión y Evaluación de Riesgos Alimentarios
- Calle Ronda de Segovia 52, 1ª Planta - 28005 Madrid.
- Teléfonos: 91 344 29 87, 91 344 29 85
- Correo electrónico: seguridad.alimentaria@salud.madrid.org
Documentación de interés
Normativa
- Real Decreto 1487/2009, de 26 de septiembre, relativo a los complementos alimenticios (BOE nº 244, de 9 de octubre).
- Directiva 2002/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de junio de 2002, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de complementos alimenticios (Texto pertinente a efectos del EEE)..
- Orden 901/2012, de 17 de octubre, por la que se dictan normas para la aplicación de la tasa por tramitación, estudio o evaluación de notificaciones de puesta en el mercado nacional de complementos alimenticios (BOCM nº 266, de 7 de noviembre).
Órgano Responsable
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).