Descripción

  • Referencia
    60334
  • Descripción

    Este documento sirve para acreditar el esfuerzo de integración de la persona extranjera en el procedimiento de renovación de su autorización de residencia temporal y/o autorización de residencia y trabajo.

    Este informe puede ser tenido en cuenta, en caso de no acreditar el cumplimiento de alguno de los requisitos previstos para la renovación de la autorización, como información a valorar por la Oficina de extranjeros.

  • Tasa
    Requiere el pago de tasas

Requisitos

Personas extranjeras que tengan su domicilio habitual en un municipio de la Comunidad de Madrid.

Para la elaboración de los informes se tendrá en cuenta lo siguiente:

  1. Los aspectos relacionados con la integración laboral, como elementos básicos en el proceso de integración.
  2. También podrán ser objeto de valoración otros esfuerzos de integración a través del seguimiento de programas de inserción sociolaborales y culturales realizados por las personas extranjeras para determinar su arraigo, como son la participación en acciones formativas de distinto tipo que recojan los ámbitos enunciados en el artículo 2 ter.2 de la Ley Orgánica 4/2000. Además se valorará la propuesta recogida tras la consulta a las entidades locales donde el extranjero tiene su domicilio habitual.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
  2. Documentación
    1. Tarjeta de Residencia
    2. Certificado de empadronamiento vigente, esto es, emitido en los últimos 3 meses.
    3. Certificados de programas educativos o de formación laboral realizados.
    4. Certificado del Programa “CONOCE TUS LEYES” (consultar, actualmente suspendido por la pandemia).
    5. Resguardo de haber pagado la tasa.
    6. Demanda de Empleo, si estuviera inscrito, y/o Contrato de trabajo y documentación acreditativa de medios de vida y/o cualquier otra documentación que el interesado desee acreditar.
      DEBERÁ ACUDIR A LA ENTREVISTA CON TODA LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA (ORIGINAL Y COPIA) PARA SU COMPROBACIÓN

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Abona la tasa y guarda el justificante de pago.
  3. Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
  4. Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
  5. También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  6. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Documentación de interés

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Dirección General de Servicios Sociales e Integración

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

¿Te ha resultado útil esta información?

Ayúdanos a mejorar.

Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar