Información
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ReferenciaD53
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Descripción
Los operadores de puntos de recarga de acceso público están obligados a presentar una comunicación relativa a las infraestructuras de puntos de recarga de vehículos eléctricos de acceso público.
Una vez comunicado el alta de la infraestructura, también es preciso realizar dicha comunicación para:
- Actualizar la información de datos de la entidad interesada.
- Actualizar la información de la persona o entidad titular del punto de suministro asociado a los puntos de recarga.
- Actualizar la información de los datos de la infraestructura de puntos de recarga de acceso público para vehículos eléctricos.
- Actualizar la información de puntos de recarga y conectores.
- Comunicar la baja temporal completa.
- Comunicar la baja temporal por punto de recarga.
- Comunicar el cese de la infraestructura completa.
- Comunicar el cese de uno o varios puntos de recarga.
Los puntos de recarga que se encontraban en servicio a fecha de 16 de mayo de 2023 tienen de plazo hasta el 6 de octubre de 2025 para presentar esta comunicación.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Operadores de puntos de recarga de acceso público para vehículos eléctricos.
Requisitos
- Comunicar la información de la infraestructura en los siguientes plazos:
- Al inicio de la actividad de prestación del servicio de recarga.
- Una semana como máximo desde que se produce:
- La modificación de la información previamente remitida relativa a un punto de recarga.
- El cese temporal de actividad de uno o varios puntos de recarga de una infraestructura.
- El cese definitivo de actividad de uno o varios puntos de recarga de una infraestructura.
- Indicar en el formulario:
- El número de instalación de baja o alta tensión.
- El código identificativo de la empresa operadora.
- Los datos de la infraestructura de puntos de recarga de acceso público para vehículos eléctricos.
- Los datos de la entidad titular del punto de suministro asociado a los puntos de recarga (si no coincide con la entidad interesada).
- Los datos de los puntos de recarga y de los conectores.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Documentación acreditativa de las facultades de representación de la persona que formule la comunicación como representante.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
Para consultas sobre este trámite puedes contactar con:
- Subdirección General de Descarbonización
- Dirección: Calle Ramírez de Prado, 5 bis. 28045 Madrid
- Correo electrónico: descarbonizacion@madrid.org
Normativa
- Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico (BOE nº 310, de 27 de diciembre).
- Real Decreto 184/2022, de 8 de marzo, por el que se regula la actividad de prestación de servicios de recarga energética de vehículos eléctricos (BOE nº 67, de 19 de marzo).
- Orden TED/445/2023, de 28 de abril, por la que se regula la información a remitir por los prestadores de servicio de recarga energética al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a las Comunidades Autónomas y a las Ciudades de Ceuta y Melilla (BOE nº 106, de 4 de mayo).
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
- Dirección General de Transición Energética y Economía Circular
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
Presentación digital
Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" para entrar en tu Cuenta Digital.
- Rellena el formulario. Si no lo completas, se queda guardado como borrador en "Mis Gestiones".
- Adjunta los documentos y pulsa "Firmar y enviar solicitud" para finalizar.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la comunicación, no enviaremos respuesta.
Sólo si detectamos que la comunicación no reúne los datos y requisitos exigidos, enviaremos un escrito a la persona interesada para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que la comunicación no se ha realizado.
Si la información está completa daremos traslado de la misma al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para su inclusión en Registro de puntos de recarga masiva (RIPREE).
Es importante conocer que no realizar el trámite de comunicación de alta puede tener como consecuencia responsabilidades administrativas, penales o civiles.
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud