Información
Información
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Referencia54707
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Descripción
Los servicios de farmacia y oficinas de farmacia deben comunicar anualmente los movimientos de medicamentos y sustancias estupefacientes del 1 al 31 enero del año siguiente.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Titulares propietarios o, en su caso, regentes de la oficina de farmacia y responsables del servicio de farmacia a fecha de 31 de diciembre del año objeto de la comunicación anual.
Requisitos
- Presentar la comunicación anual del 1 al 31 enero del año siguiente, a través de la aplicación Labofar de la Agencia Española del Medicamentos y Productos Sanitarios. Más información en el contenido Estupefacientes y Psicótropos.
- Disponer de usuario y contraseña de acceso a la aplicación, que le será proporcionado por la Dirección General competente en inspección farmacéutica.
Documentación
- Comunicación. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el acceso a la aplicación.
- Recuerda que eres responsable de la veracidad de la información que presentes.
Información adicional
Si desea ampliar esta información puede hacerlo:
- Dirigiéndose al Servicio de Ordenación Farmacéutica en la C/ Aduana, 29.
- A través del correo electrónico: orden.farm@salud.madrid.org.
- O a través del teléfono: 91 426 90 19
Normativa
- Ley 13/2022, de 21 de diciembre, de Ordenación y Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 304, de 22 de diciembre).
- Real Decreto 1675/2012, de 14 de diciembre, por el que se regulan las recetas oficiales y los requisitos especiales de prescripción y dispensación de estupefacientes para uso humano y veterinario (BOE nº 313, de 29 diciembre).
- Real Decreto 717/2019, de 5 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1345/2007, de 11 de octubre, por el que se regula el procedimiento de autorización, registro y condiciones de dispensación de los medicamentos de uso humano fabricados industrialmente (BOE nº 293, de 6 de diciembre).
Órgano responsable
- Consejería de Sanidad
- Viceconsejería de Sanidad
- Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de usuario y contraseña de acceso a la aplicación LABOFAR.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
- Sigue las indicaciones de cumplimentación y de anexado de documentos (si se requieren).
Consulta el estado y evolución
En el caso de que existan discrepancias con el stock final declarado en el año precedente la aplicación no permitirá continuar la declaración.
Si la declaración corresponde a:
- una oficina de farmacia, debe ponerse en contacto con el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid, donde le informarán de los pasos a seguir.
- un servicio de farmacia, debe dirigirse al correo electrónico estupefacientes@salud.madrid.org con la comunicación de la incidencia, adjuntando documento firmado por el/la responsable del servicio de farmacia justificativo de las causas por la que se produce la discrepancias con la declaración realizada y el archivo "Discrepancias notificación de stock de medicamentos estupefacientes" cumplimentado, que se encuentra en el apartado de Documentación de interés.
Contacto y ayuda
Documentos de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud