Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Descargar" y rellena el formulario. Al finalizar, pulsa "Guardar".
  3. Accede al "Registro electrónico" e incluye el formulario relleno. En la siguiente pantalla puedes adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Solicitudes al Protectorado de Fundaciones
Accede al registro electrónico

Consulta el estado y evolución

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

El procedimiento se inicia con la presentación de la mencionada comunicación y/o solicitud. El Protectorado de Fundaciones, llevará a cabo las actuaciones oportunas para la resolución de las mismas.

Solicitudes y comunicaciones al Protectorado de Fundaciones en relación con:

  1. Creación, fusión o extinción de fundaciones.
  2. Cuestiones relativas a patronatos de las fundaciones.
  3. Depósito de cuentas anuales.
  4. Depósito de planes de actuación.
  5. Modificaciones estatutarias.
  6. Autorización para que los patronos sean remunerados o contraten con la fundación.
  7. Legalización de libros.
  8. Otras cuestiones relativas a las fundaciones.

Las fundaciones podrán dirigir al Protectorado cualesquiera otras comunicaciones o solicitudes de autorización que sean exigibles de conformidad con la normativa vigente.

Contacto y ayuda

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 04/04/2024
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