Descripción

  • Referencia
    D1
  • Descripción

    Comunicación de información relacionada con los establecimientos afectados por el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas (notificación de nuevos establecimientos, comunicación de modificaciones que afectan a los mismos, a sus titulares o responsables, actualización de planes de emergencia interior o informes de seguridad y comunicación de resultados de inspección por organismo de control).

Requisitos

Personas físicas o jurídicas que sean titulares de establecimientos que debido a la presencia de sustancias peligrosas están afectados por el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:
  • Documentos que se aportan junto a la solicitud:
    ​​​​​
  1. Notificación 
  2. Plan de emergencia interior 
  3. Informe de organismo de control sobre el plan de emergencia interior. 
  4. Informe de seguridad (sólo para establecimientos de nivel superior). 
  5. Informe de organismo de control sobre el informe de seguridad (sólo para establecimientos de nivel superior). 
  6. Inspección periódica por organismo de control (informe y certificado). 
  7. Otros (indicar)

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa el botón CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Selecciona una de estas dos opciones:
  • Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
  • Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato pdf y presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.

Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Puedes darte de alta accediendo a este enlace.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
  • consultar su estado de tramitación.

Si deseas más información sobre tramitación electrónica pulsa este enlace.

   

Plazos y efectos del silencio administrativo

  1. Efecto del silencio: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos..
  2. Normativa de efecto del silencio: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas 
  3. Plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa:
  • En aquellas comunicaciones referidas a una notificación o actualización de información no relacionada con el informe de seguridad, la Dirección General de Industria, Energía y Minas no resolverá salvo que se aprecien defectos en la documentación presentada
  • En aquellos procedimientos que incluyan aporte de informe de seguridad, una vez evaluado dicho informe, la Dirección General de Industria, Energía y Minas se pronunciará en el plazo máximo de seis meses desde su entrega, sobre las condiciones de seguridad del establecimiento en materia de accidentes graves, de conformidad con lo establecido en el apartado 6 del artículo 10 del Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre
     

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Economía y Empleo
Dirección General de Promoción Económica e Industrial

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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