Última actualización: 27/05/2024

Descripción

  • Referencia
    45592
  • Descripción

    La celebración de una combinación aleatoria con fines publicitarios requiere enviar una comunicación, con carácter previo a su realización, al órgano competente en materia de ordenación y gestión del juego.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Destinatarios

Personas físicas o jurídicas que sorteen un premio en metálico o en especie, con fines publicitarios, entre quienes adquieran sus productos o servicios u ostenten la condición actual o potencial de clientes suyos, sin que pueda exigirse una contraprestación específica a cambio.

Requisitos

  1. Comunicar los datos de la combinación aleatoria con carácter previo a su realización:
    1. Fecha de inicio y de terminación
    2. Fechas y lugares de los sorteos
    3. Premios, precio y forma de adjudicación
    4. Identificación de los locales o establecimientos en los que se desarrollará la combinación aleatoria
  2. No emplear en su realización lances o elementos de los juegos contenidos en el Catálogo de Juegos de la Comunidad de Madrid.
  3. Realizar el pago de la tasa sobre rifas, tómbolas, apuestas y combinaciones aleatorias (Modelo 042) en los veinte primeros días del mes siguiente a su celebración.

 

Documentación a presentar

Comunicación. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.

No es necesario aportar documentación junto a la comunicación.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos que comuniques.

Presentación de solicitudes

Presentación digital

Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Pulsa Tramitar y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa Cumplimentar y accede a tu Cuenta Digital.
  3. Rellena el formulario. Si no finalizas su cumplimentación, queda guardado como borrador en Mis Gestiones.
  4. Adjunta los documentos y, para finalizar, pulsa Firmar y enviar solicitud.

Una vez enviada la solicitud, puedes consultar su estado en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital.

También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.

Presentación presencial

Puedes realizar este trámite de forma presencial, salvo que seas una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.

Pulsa Tramitar y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vayas a aportar junto a la solicitud.

  2. Pulsa Presentar presencialmente en oficina. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Una vez relleno, pulsa Descargar formulario para descargarlo en formato PDF e imprimirlo.
  4. Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados para ello.

Recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para consultas sobre este trámite, contacta a través del teléfono: 91 580 30 89

Tramitación

Examen de la comunicación y requerimiento de subsanación de deficiencias de la misma, en su caso.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
Dirección General de Suelo

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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