Información
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ReferenciaD74
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Descripción
Declaración anual de censo de todos los animales mantenidos en las explotaciones ganaderas inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de la Comunidad de Madrid (REGA), excepto los siguientes:
- Los animales bovinos.
- Los animales ovinos, caprinos y equinos identificados individualmente y registrados en el Registro de Identificación Individual de Animales (RIIA).
Los titulares de las explotaciones ganaderas deben hacer la declaración antes del 1 de marzo de cada año. Si no cumplen esta obligación, consideraremos que la explotación está inactiva, por no tener animales. Es importante tener en cuenta que esto puede afectar a la concesión de ayudas de la Política Agraria Comunitaria durante el año de declaración.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones ganaderas inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA).
Requisitos
- Tener una explotación ganadera inscrita en el REGA con animales de una o varias de estas especies:
- Porcinos: cerdos.
- Ovinos. No es necesario declarar los animales de esta especie identificados individualmente y registrados en el Registro de Identificación Individual de Animales (RIIA).
- Caprinos. No es necesario declarar los animales de esta especie identificados individualmente y registrados en el RIIA.
- Équidos: caballos, asnos, mulas y cebras. No es necesario declarar los animales de esta especie identificados individualmente y registrados en el RIIA.
- Aves de corral: gallinas, pavos, pintadas, patos, ocas, codornices, palomas, faisanes, perdices y aves corredoras (Ratites).
- Cunicultura: conejos y liebres. Las explotaciones cunícolas para autoconsumo están excluidas de la obligación de inscribirse en el Registro de explotaciones ganaderas y de declarar el censo (son aquellas explotaciones que cuentan con un censo máximo de 5 hembras reproductoras y que no comercializan con los animales vivos ni con su producción).
- Apícola: abejas y abejorros.
- Especies peleteras: visón, zorro rojo, nutria y chinchilla.
- Camélidos: camellos, dromedarios, llamas, alpacas, vicuñas y guanacos.
- Especies cinegéticas de caza mayor criadas, mantenidas o cebadas como animales de producción: corzos, ciervos, gamos y jabalíes.
- Otras: caracoles, ranas, gusanos de seda, lombrices, artrópodos, otros.
- Especies animales de acuicultura.
- Peces pertenecientes a la superclase ''Agnatha'' y a las clases ''Chondrichthyes'' y ''Osteichthyes''.
- Moluscos pertenecientes al filum ''Mollusca''.
- Crustáceos pertenecientes al subfilum ''Crustacea’’.
- Presentar la declaración del censo antes del 1 de marzo de cada año.
- Declarar el número de animales por especies (subexplotaciones) mantenidos en la explotación a 1 de enero del mismo año o el 31 de diciembre del año anterior, según se indica en el formulario de cada una de las especies. Se excluyen de esta declaración:
- Los animales bovinos.
- Los animales ovinos, caprinos y equinos identificados individualmente y registrados en la base de datos el RIIA.
- Indicar en el formulario:
- Código REGA.
- Tipo de especies.
- La cantidad de animales que hay en la explotación según la especie:
- Para équidos y apícolas: el número de animales a 31 de diciembre del año anterior.
- Para ovinos y caprinos: el número de animales a 1 de enero del año en curso.
- Para aves, porcinos, conejos y otras especies: la media general del número de animales del año anterior.
Documentación
No es necesario aportar documentación junto a la solicitud.
Información adicional
Para consultas sobre este trámite puedes contactar con:
- Área de Ganadería
- Dirección: Calle Alcalá, 16. 28014 Madrid
- Teléfono: 91 438 31 53
- Correo electrónico: servicio.ganaderia@madrid.org
Normativa
- Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas (BOE nº 89, de 13 de abril).
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
- Dirección General de Agricultura Ganadería y Alimentación
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
Presentación digital
Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" para entrar en tu Cuenta Digital.
- Rellena el formulario. Si no lo completas, se queda guardado como borrador en "Mis Gestiones".
- Adjunta los documentos y pulsa "Firmar y enviar solicitud" para finalizar.
Presentación presencial
Puedes realizar este trámite de forma presencial si no eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la declaración, revisaremos su contenido y anotaremos los censos declarados por la persona titular de la explotación en la ficha de la explotación en el Registro de Explotaciones Ganaderas. No enviaremos respuesta a la persona titular de la explotación.
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud