Información
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Referencia50060
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Descripción
El titular de las cosas, los derechos o los intereses, afectados por una expropiación forzosa para la construcción de infraestructuras de abastecimiento, saneamiento o reutilización de aguas del Canal de Isabel II, tiene el derecho básico a participar como interesado directo y de percibir la indemnización expropiatoria.
Para ello, tanto el titular como su representante pueden presentar alegaciones en la fase de Información pública y hasta la fecha de convocatoria del levantamiento de las actas previas a la ocupación.
Personas destinatarias
Titulares de bienes y/o derechos afectados por la ejecución de proyectos de infraestructuras de abastecimiento de agua potable, saneamiento o reutilización de aguas residuales.
Requisitos
Tener la condición de interesado en el procedimiento. Esto debe acreditarse ante la Administración expropiante que considerará:
- Propietario o titular, a quien conste en los registros públicos con este carácter, en primer lugar en el Registro de la Propiedad o, en su defecto, en el catastro o quien aparezca en los registros fiscales, o finalmente quien lo sea pública y notoriamente.
- También tendrá en cuenta otros titulares de derechos reales e intereses económicos directos sobre la cosa expropiable, es decir, arrendatarios, aparceros, usufructuarios, titulares de derecho de servidumbre, de edificaciones o cosechas pendientes, etc.
Documentación
- Documentos que estimes conveniente aportar.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
Para dudas o consultas sobre este trámite puedes contactar a través de:
- Dirección General de Suelo 91 438 21 65 / 91 438 21 66
- Canal de Isabel II: Área de Expropiaciones 91 545 16 77
Normativa
- Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa.
- Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa.
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Secretaría General Técnica de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
- Solicitud de informe a la entidad beneficiaria del procedimiento expropiatorio (Canal de Isabel II), contestación o resolución, en su caso, subsanación y actualización de los datos que obran en el expediente.
- Los asuntos cuya materia sea el expediente de justiprecio se darán traslado a la entidad beneficiaria como competente en su tramitación y resolución.
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud