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Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. Si eliges presentación electrónica:
    1. Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
    2. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
  5. Si eliges presentación presencial:
    1. Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
    2. Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.

El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.

Consulta el estado y evolución

Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

En el caso de que las solicitudes o la documentación presentada estén incompletas o no reúnan los requisitos exigidos, te pediremos que en el plazo de 10 días hábiles (lunes a viernes no festivos) subsanes (corrijas) los defectos o, en su caso, completes la documentación. La falta de respuesta a esta petición se entenderá como desistimiento, previa resolución.

Finalizado el plazo de subsanación, el órgano instructor verificará si se acredita el cumplimiento de los requisitos necesarios y emitirá una Orden en la que se aprobarán de forma definitiva las listas de solicitudes admitidas y excluidas en la convocatoria.

El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva.

Recibidas las solicitudes en tiempo y forma, el órgano instructor emitirá informe en el que se tendrán en consideración los siguientes criterios:

  • Singularidad y excelencia del proyecto presentado: Hasta 12 puntos.
  • Calidad del proyecto: Hasta 6 puntos.
  • Innovación y originalidad: Hasta 6 puntos.
  • Formación académica y trayectoria curricular del artista: Hasta 5 puntos.
  • Máster, cursos y formación complementaria: Hasta 2 puntos.
  • Experiencia profesional y proyectos presentados: Hasta 3 puntos.
  • Adecuación de la obra a las últimas tendencias de las artes visuales: Hasta 3 puntos.

Dicho informe será elaborado por una comisión de expertos, que estará formada por el Subdirector General de Bellas Artes, el titular de la Asesoría de Artes Plásticas, el Director del Centro de Arte Dos de Mayo y cuatro expertos en arte contemporáneo, ajenos a la administración autonómica, designados por el titular de la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas. Uno de ellos pertenecerá al ámbito teórico-crítico y actuará posteriormente como comisario de la muestra, otro será representante del ámbito de las galerías, otro será un gestor cultural y el cuarto un artista plástico de reconocido prestigio.

Posteriormente se someterá a la Comisión Sectorial de Artes Plásticas del Consejo de Cultura de la Comunidad de Madrid, órgano colegiado que elaborará la propuesta de resolución.

La citada propuesta de resolución tendrá carácter provisional y contendrá respecto a los posibles beneficiarios, los datos del solicitante, del proyecto presentado y del importe previsto para su adjudicación. Asimismo, contendrá los datos de los proyectos desestimados y la motivación de la misma.

Examinadas las alegaciones aducidas en su caso por las personas interesadas, se formulará la propuesta de resolución definitiva que contendrá los proyectos que hayan obtenido mayor puntuación y hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos previstos en las normas reguladoras, ordenados de mayor a menor puntuación.

Las propuestas de resolución provisional y definitiva no crean derecho alguno a favor del beneficiario propuesto frente a la Administración.

Posteriormente, la propuesta de resolución se elevará al titular de la Consejería, que resolverá mediante Orden, que se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

El pago se tramitará con carácter anticipado sin la exigencia de constitución de garantías, como financiación necesaria para llevar a cabo el proyecto subvencionado, antes de la entrega de la obra para su exposición al público en los Circuitos de Artes Plásticas de la Comunidad de Madrid.

Dicho abono estará sujeto a las retenciones tributarias que, en su caso sean procedentes.

La Dirección General de Cultura e Industrias Creativas realizará una muestra colectiva con las obras de los artistas seleccionados y la expondrá al público en los “Circuitos de Artes Plásticas de la Comunidad de Madrid”. La muestra se inaugurará en la Sala de Arte Joven de la Comunidad de Madrid, sita en la Avenida de América, nº 13, sin perjuicio de su itinerancia en otras salas nacionales e internacionales si ello fuese programado por esta Dirección General.

Una vez publicada la orden de concesión de las ayudas, la obra original deberá presentarse en perfecto estado y con los elementos necesarios para su montaje en la citada Sala de Arte Joven en un plazo que finalizará el día anterior al inicio del montaje de la exposición por parte de la Comunidad de Madrid, que será como límite el 30 de diciembre.

Asimismo, la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas editará un catálogo de la muestra.

A efectos de la contratación por parte de la Comunidad de Madrid del correspondiente seguro durante la duración de la exposición y, en su caso, su posterior itinerancia, cada obra expuesta deberá ser valorada por su autor en una cuantía que no podrá superar el importe de la ayuda concedida.

Una vez finalizada la exposición en la Sala de Arte Joven de la Comunidad de Madrid o de su itinerancia, si esta se hubiera programado por Dirección General, las obras se devolverán a los artistas en el plazo máximo de quince días desde la terminación, en las mismas condiciones en que fueron recogidas.

Los participantes no seleccionados podrán retirar los trabajos aportados en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación de la Orden por la que se resuelve el procedimiento, en la Subdirección General de Bellas Artes (Departamento de Exposiciones), sita en la calle Caballero de Gracia, número 32, en horario de nueve a catorce horas.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

6 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden 2501/2016, de 28 de junio , de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se establecen las bases reguladoras de los “Circuitos de Artes Plásticas de la Comunidad de Madrid”.

Calendario de actuaciones

Contacto y ayuda

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 24/09/2025
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