Última actualización: 10/03/2025
  • Pendiente apertura plazo

    • Fecha de inicio: 10/03/2025 Fecha de fin: 28/03/2025
  • En Plazo

    • Presentación de solicitudes

      Fecha de inicio: 10/03/2025 Fecha de fin: 28/03/2025

    Tramitar

  • En tramitación

    Fecha de inicio: 10/03/2025 Fecha de fin: 28/03/2025

    Tramitar

  • Cerrado

Descripción

  • Referencia
    A705
  • Descripción

    Ayudas de hasta 3.000 euros para promocionar la obra de jóvenes artistas y propiciar su acceso a la vida profesional. Se pueden presentar trabajos de cualquiera de los campos de la creación plástica, ya sean obras realizadas o proyectos inéditos, con tema, técnica y materiales de libre elección por cada artista.

    Las obras beneficiarias se presentarán posteriormente en la exposición colectiva “Circuitos de Artes Plásticas de la Comunidad de Madrid”.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 10/03/2025 Fecha de fin: 28/03/2025

Personas destinatarias

Personas físicas residentes en la Comunidad de Madrid, menores de 35 años.

Requisitos

  1. Es posible participar individualmente o como agrupación o colectivo sin personalidad jurídica. En caso de agrupaciones o colectivos, todas las personas que los integren deben cumplir los requisitos el último día de presentación de solicitudes.
  2. Residir en la Comunidad de Madrid.
  3. Tener menos de 35 años el último día de presentación de solicitudes.
  4. No haber recibido ninguna ayuda para la misma finalidad en alguna de las dos ediciones anteriores, ni a título individual ni como miembro de una agrupación o colectivo.
  5. No concurrir en alguna de las prohibiciones para ser beneficiario de ayudas, recogidas en la normativa de subvenciones.
  6. No tener deudas en periodo ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.

Requisitos de la documentación a presentar

Especificaciones de algunos de los documentos que se presentan junto a la solicitud:

  1. Currículum vitae: abreviado en 50 líneas, con especial referencia a la actividad desarrollada en el área de las artes plásticas.
  2. Si se presenta obra ya realizada: adjuntar su ficha técnica (título, año de realización, técnica empleada y dimensiones reales) y un dosier fotográfico, con un máximo de 10 imágenes, sobre soporte papel (en formato DIN A-4 preferentemente). En ningún caso se admitirá obra original ni fotografías enmarcadas.
  3. Si se trata de proyectos para su producción: Adjuntar título, una breve descripción conceptual y un boceto del mismo, así como cualquier material informativo que facilite la comprensión de la obra. 
    1. En el caso de optar por la presentación presencial, esta documentación se presentará además en un pen drive.
    2. Si se tratará de obras audiovisuales se presentará un DVD o en pen drive, indicando la duración de las mismas.

En el caso de agrupación de personas o colectivo sin personalidad:

  1. Presentar una solicitud por cada uno de sus miembros, cumplimentada y firmada individualmente.
  2. Presentar de forma individualizada.
    1. Declaración responsable de no hallarse incurso en causa de prohibición para ser beneficiario de subvenciones.
    2. Currículum vitae.
  3. Presentar de forma conjunta:
    1. Declaración responsable donde conste que la obra es de autoría propia.
    2. Ficha técnica.
    3. Datos, descripción y boceto de los proyectos para su producción.
  4. Aportar un documento privado o público de constitución de la agrupación. Salvo que se disponga otra cosa, se entenderá que los compromisos de cada miembro se asumen a partes iguales.
  5. Aportar un escrito suscrito por los miembros de la agrupación en el que nombran un representante o apoderado único responsable del cumplimiento de las obligaciones que, como beneficiario, en su caso, correspondan a la agrupación. También deberá indicar el porcentaje de la ayuda que, en dicho caso, corresponda abonar a cada uno de ellos.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Declaración responsable de no hallarse incurso en prohibición para obtener subvenciones.
  2. Declaración responsable donde conste que la obra es de autoría propia.
  3. Currículum vitae (formación académica y trayectoria curricular del artista).
  4. Ficha técnica y dosier fotográfico de la obra o Descripción o boceto del proyecto.
  5. Documentación específica de las agrupaciones de personas o colectivos sin personalidad.
  6. Declaración responsable del solicitante respecto de la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. DNI o NIE del solicitante y del representante, en su caso.
  2. Volante o certificación de empadronamiento.
  3. Certificado de hallarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  • Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Selecciona una de estas dos opciones:
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:

Tramitación

En el caso de que las solicitudes o la documentación presentada estén incompletas o no reúnan los requisitos exigidos, te pediremos que en el plazo de 10 días hábiles (lunes a viernes no festivos) subsanes (corrijas) los defectos o, en su caso, completes la documentación. La falta de respuesta a esta petición se entenderá como desistimiento, previa resolución.

Finalizado el plazo de subsanación, el órgano instructor verificará si se acredita el cumplimiento de los requisitos necesarios y emitirá una Orden en la que se aprobarán de forma definitiva las listas de solicitudes admitidas y excluidas en la convocatoria.

El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva.

Recibidas las solicitudes en tiempo y forma, el órgano instructor emitirá informe en el que se tendrán en consideración los siguientes criterios:

  • Singularidad y excelencia del proyecto presentado: Hasta 12 puntos.
  • Calidad del proyecto: Hasta 6 puntos.
  • Innovación y originalidad: Hasta 6 puntos.
  • Formación académica y trayectoria curricular del artista: Hasta 5 puntos.
  • Máster, cursos y formación complementaria: Hasta 2 puntos.
  • Experiencia profesional y proyectos presentados: Hasta 3 puntos.
  • Adecuación de la obra a las últimas tendencias de las artes visuales: Hasta 3 puntos.

Dicho informe será elaborado por una comisión de expertos, que estará formada por el Subdirector General de Bellas Artes, el titular de la Asesoría de Artes Plásticas, el Director del Centro de Arte Dos de Mayo y cuatro expertos en arte contemporáneo, ajenos a la administración autonómica, designados por el titular de la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas. Uno de ellos pertenecerá al ámbito teórico-crítico y actuará posteriormente como comisario de la muestra, otro será representante del ámbito de las galerías, otro será un gestor cultural y el cuarto un artista plástico de reconocido prestigio.

Posteriormente se someterá a la Comisión Sectorial de Artes Plásticas del Consejo de Cultura de la Comunidad de Madrid, órgano colegiado que elaborará la propuesta de resolución.

La citada propuesta de resolución tendrá carácter provisional y contendrá respecto a los posibles beneficiarios, los datos del solicitante, del proyecto presentado y del importe previsto para su adjudicación. Asimismo, contendrá los datos de los proyectos desestimados y la motivación de la misma.

Examinadas las alegaciones aducidas en su caso por las personas interesadas, se formulará la propuesta de resolución definitiva que contendrá los proyectos que hayan obtenido mayor puntuación y hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos previstos en las normas reguladoras, ordenados de mayor a menor puntuación.

Las propuestas de resolución provisional y definitiva no crean derecho alguno a favor del beneficiario propuesto frente a la Administración.

Posteriormente, la propuesta de resolución se elevará al titular de la Consejería, que resolverá mediante Orden, que se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

El pago se tramitará con carácter anticipado sin la exigencia de constitución de garantías, como financiación necesaria para llevar a cabo el proyecto subvencionado, antes de la entrega de la obra para su exposición al público en los Circuitos de Artes Plásticas de la Comunidad de Madrid.

Dicho abono estará sujeto a las retenciones tributarias que, en su caso sean procedentes.

La Dirección General de Cultura e Industrias Creativas realizará una muestra colectiva con las obras de los artistas seleccionados y la expondrá al público en los “Circuitos de Artes Plásticas de la Comunidad de Madrid”. La muestra se inaugurará en la Sala de Arte Joven de la Comunidad de Madrid, sita en la Avenida de América, nº 13, sin perjuicio de su itinerancia en otras salas nacionales e internacionales si ello fuese programado por esta Dirección General.

Una vez publicada la orden de concesión de las ayudas, la obra original deberá presentarse en perfecto estado y con los elementos necesarios para su montaje en la citada Sala de Arte Joven en un plazo que finalizará el día anterior al inicio del montaje de la exposición por parte de la Comunidad de Madrid, que será como límite el 30 de diciembre.

Asimismo, la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas editará un catálogo de la muestra.

A efectos de la contratación por parte de la Comunidad de Madrid del correspondiente seguro durante la duración de la exposición y, en su caso, su posterior itinerancia, cada obra expuesta deberá ser valorada por su autor en una cuantía que no podrá superar el importe de la ayuda concedida.

Una vez finalizada la exposición en la Sala de Arte Joven de la Comunidad de Madrid o de su itinerancia, si esta se hubiera programado por Dirección General, las obras se devolverán a los artistas en el plazo máximo de quince días desde la terminación, en las mismas condiciones en que fueron recogidas.

Los participantes no seleccionados podrán retirar los trabajos aportados en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación de la Orden por la que se resuelve el procedimiento, en la Subdirección General de Bellas Artes (Departamento de Exposiciones), sita en la calle Caballero de Gracia, número 32, en horario de nueve a catorce horas.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

6 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden 2501/2016, de 28 de junio , de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se establecen las bases reguladoras de los “Circuitos de Artes Plásticas de la Comunidad de Madrid”.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
Dirección General de Cultura e Industrias Creativas

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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