Descripción

  • Referencia
    A332
  • Descripción

    Concesión por concurrencia competitiva de las ayudas a las Unidades de Apoyo a la actividad profesional, en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo.

    Estas ayudas se enmarcan en el programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido.

    Tiene por objeto subvencionar los costes salariales y de la Seguridad Social derivados de la contratación indefinida de las personas que trabajan en las Unidades de Apoyo a la actividad profesional, en el marco de los servicios de ajuste personal y social, que prestan servicios a las personas con discapacidad con mayores dificultades de inserción en plantilla de los Centros Especiales de Empleo.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

Destinatarios

Entidades titulares de Centros Especiales de Empleo y dichos Centros cuando tengan personalidad jurídica propia y figuren debidamente inscritos y calificados en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad de Madrid, y  dispongan de Unidades de Apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social, cuya composición se recoge en la norma reguladora, siempre referidos a la plantilla de personas con discapacidad con mayores dificultades e inserción.

Requisitos

Requisitos de los solicitantes

  1. Tener contratados a trabajadores con discapacidad con mayores dificultades de inserción que presten sus servicios en centros de trabajo situados en la Comunidad de Madrid.
  2. Hallarse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
  3. Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad de Madrid.
  4. Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  5. No estar sancionadas ni administrativa ni penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello.
  6. Haber realizado el plan de prevención de riesgos laborales previsto en la normativa aplicable a dicha materia.
  7. Cumplir con la obligación de mantener el porcentaje mínimo del 70 % de personas con discapacidad contratadas respecto al total de la plantilla durante todo el periodo subvencionable establecido en la Orden de convocatoria. A estos efectos, no se contemplará el personal sin discapacidad dedicado a la prestación de servicios de ajuste personal y social.
  8. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones registrales entre las que se incluye la obligación de presentar la memoria anual ante la Dirección General competente en materia de registro de Centros Especiales de Empleo.
  9. Realizar exclusivamente las actividades para las que se encuentran calificados mediante Resolución Administrativa e Inscripción en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad de Madrid.
  10. Tener adscritas a las personas integrantes de la Unidad de Apoyo a la actividad profesional, en una cuenta de cotización que se corresponda con un centro de trabajo en situación de alta en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad de Madrid.
  11. Los beneficiarios deberán mantener el cumplimiento de los requisitos exigidos en este artículo durante todo el periodo subvencionable.
  12. No podrán ser beneficiarios de estas subvenciones aquellos Centros o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en la normativa de subvenciones.

Requisitos de documentación

La documentación deberá presentarse de manera ordenada y debidamente diferenciada en carpetas electrónicas:

  • Se presentará al menos una carpeta que contenga la documentación general.
  • Otra carpeta referida a las personas integrantes de la Unidad de Apoyo a la actividad profesional, que contendrá tantas subcarpetas como personas recogidas en el Anexo III, identificadas con las iniciales del primer y segundo apellido y nombre, y
  • Otra, referida a los destinatarios del programa con tantas subcarpetas como personas con discapacidad indicadas en el Anexo IV, identificada con las iniciales del primer y segundo apellido y nombre.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Plantilla del Centro Especial de Empleo (Anexo II).
  2. Relación de las personas que integra la Unidad de Apoyo (Anexo III).
  3. Relación nominal de las personas destinatarias de los servicios de ajuste personal y social (Anexo IV).
  4. Otorgamiento de representación (Anexo VI).
  5. Documentación acreditativa de los datos de domiciliación bancaria que figuran en la solicitud.
  6. Informes de datos de cotización de la plantilla (IDC/PL-CCC acotados) por código de cuenta de cotización y meses vencidos dentro del periodo subvencionable.
  7. Anexo VII, de Autorización de consulta de datos personales de los integrantes de la Unidad de Apoyo (Anexo VII).
    En caso de no presentación para cada trabajador(a), deberá aportar:
    1. DNI/NIE del trabajador.
    2. Informe de vida laboral o IDCs.
  8. Currículo profesional actualizado de los integrantes de la Unidad de Apoyo.
  9. Copia de los contratos de trabajo, y en su caso, de las conversiones, modificaciones y/o adendas de los mismos, de los integrantes de la Unidad de Apoyo.
  10. Acreditación de la titulación de las personas con categoría de técnico y/o en su caso, documentación que acredite la experiencia equiparable.
  11. Certificado de funciones y en su caso, documentación acreditativa de los conocimientos adquiridos de los Encargados de Apoyo a la Producción.
  12. Documentación de cada uno de las personas trabajadoras con discapacidad destinatarias del apoyo, o Autorización de consulta de datos de trabajadores (Anexo VIII).
    En caso de no presentación para cada persona destinataria deberá aportar:
    1. Acreditación del grado y tipo de discapacidad, así como la fecha de validez.
    2. Informe de vida laboral o IDCs actualizados.
  13. Acreditación del grado y tipo de discapacidad, así como la fecha de validez, de las personas con discapacidad destinatarias del apoyo, cuando esta acreditación haya sido expedida por una administración distinta a la Comunidad de Madrid.
  14. Memoria normalizada con el plan de actuaciones de la Unidad de Apoyo a la actividad profesional (Anexo V) En su caso, vida laboral de las personas insertadas en el mercado ordinario, actualizada a fecha de presentación de la solicitud o autorización de consulta de datos de trabajadores (Anexo VIII).

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. DNI/NIE del representante o del titular si es persona física.
  2. Documento de identificación fiscal en caso de ser persona jurídica.
  3. Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Certificado de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Para consultas sobre este trámite, dispones del correo electrónico:  integracion_laboral@madrid.org

Documentación de interés

Orden de convocatoria (2023)
Descargar
727.87 KB

Tramitación

Si la solicitud se presenta de forma presencial, se requerirá al interesado para que proceda a su subsanación a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya presentado la subsanación. En caso de incumplimiento, se procederá al archivo de la solicitud previa resolución.

Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos, la documentación recibida fuese defectuosa o faltase alguno de los documentos preceptivos, se requerirá al interesado para que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. Si en un plazo de diez días hábiles no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.

El órgano instructor del procedimiento será la Dirección General competente en materia de empleo. A la vista del expediente, llevará a cabo las actuaciones necesarias para comprobar y determinar los datos aplicando los criterios de valoración establecidos en la convocatoria. Se establecerá un orden de prelación de las solicitudes válidamente presentadas, según la puntuación total obtenida en la aplicación de los criterios de valoración, en virtud de los cuales formulará la propuesta de resolución. No será preciso fijar un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos, para el caso de que el crédito consignado en la convocatoria fuera suficiente.

El órgano competente para la concesión de las subvenciones reguladas en la presente orden será la persona titular de la Consejería competente en materia de empleo, que resolverá la concesión o denegación de la ayuda mediante orden motivada que se publicará en la sede electrónica.

Para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos, se notificará individualmente los Anexos que contengan los datos relativos a las personas objeto de la subvención.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Efecto del silencio
Desestimatorio

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Economía y Empleo
Dirección General del Servicio Público de Empleo

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

¿Te ha resultado útil esta información?

Ayúdanos a mejorar.

Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar