Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.

El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.

Consulta el estado y evolución

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Si la solicitud, o la documentación que acompaña, no reuniese los requisitos legales y los exigidos, se requerirá a la entidad para que, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación, subsane la falta o aporte los documentos preceptivos, con la indicación de que, si así no lo hiciere, se considerará que desiste de su petición previa resolución.

El procedimiento aplicable a las ayudas reguladas en esta orden será el de concurrencia competitiva.

Con el fin de evaluar los expedientes se creará una Comisión de Evaluación.

La propuesta de Orden de concesión será formulada por el órgano instructor a la vista del expediente y del informe de la Comisión. La propuesta se realizará hasta el límite de la cuantía presupuestada por aquellas solicitudes que obtengan mayor puntuación, de acuerdo con los criterios de valoración descritos en las bases reguladoras de la subvención y se elevará al órgano competente para la concesión. No obstante, en caso de que el crédito de la convocatoria fuera suficiente, para atender por su importe máximo la totalidad de las solicitudes presentadas admitidas a trámite por reunir los requisitos establecidos, una vez finalizado el plazo de presentación de las mismas, no será preciso fijar un orden de prelación entre las solicitudes presentadas.

El órgano competente para la concesión de las subvenciones será el titular de la Consejería competente en materia de empleo, que resolverá la concesión o denegación de la ayuda mediante Orden motivada e individualizada.

La orden de concesión de la subvención determinará la cuantía de la ayuda concedida, así como los recursos que contra la misma procedan.

La notificación de la Orden de resolución se realizará por medios electrónicos a través del sistema de notificaciones telemáticas de la Comunidad de Madrid.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Seis meses
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden de 4 de octubre de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el empleo con apoyo de las personas con discapacidad dentro del programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo 

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 01/03/2024 Fecha de fin: 21/03/2024

Contacto y ayuda

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 22/03/2024
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