Última actuación
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10/10/2025Fase de subsanación
Se abre plazo de subsanación del 10 de octubre al 31 de diciembre de 2025.
Pulsa TRAMITAR para acceder a los modelos de "Solicitud individual" y "Solicitud para agrupaciones de entidades sin ánimo de lucro" ubicados en la sección Tramitar y a los modelos "Memoria del proyecto", "Autorización para consulta de datos personales", "Declaración responsable para agrupación de entidades" y "Declaración responsable para agrupación de entidades" ubicados en la sección Anexos.
Las entidades que hayan recibido comunicación individualizada, deberán realizar la subsanación en el plazo indicado en el requerimiento enviado por la unidad de tramitación.
Información
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
- Municipios, mancomunidades y otras entidades locales de la Comunidad de Madrid.
- Organismos y entidades dependientes de los anteriores.
Requisitos
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, salvo si están exentas.
- No tener deudas en periodo ejecutivo con la Comunidad de Madrid, excepto si están debidamente garantizadas.
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
- Hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- Llevar a cabo el tratamiento de los datos de carácter personal.
- Cofinanciar la inversión necesaria para financiar el proyecto solicitado, en la parte no cubierta por la ayuda.
- El personal (incluido el voluntario) que trabaja en contacto con menores de edad en el desarrollo de las actividades no debe haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual y trata de seres humanos.
- Si el personal voluntario del proyecto tiene antecedentes penales por delitos de uno o varios de los siguientes tipos, estos deben estar cancelados:
- Violencia doméstica o de género.
- Atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos.
- Tráfico ilegal o inmigración clandestina de personas.
- Terrorismo.
- Indicar los siguientes datos en el formulario de solicitud que corresponde según la persona solicitante:
- Solicitud individual para una entidad local:
- Entidad local solicitante.
- Persona de contacto (si no coincide con el representante legal).
- Denominación del proyecto.
- Coste del proyecto (debe coincidir con el indicado en la memoria del proyecto).
- Cuantía solicitada (debe ser inferior al porcentaje máximo del coste del proyecto según la población de la entidad).
- Solicitud para agrupación de entidades:
- Entidad que actúa como representante de la agrupación.
- Datos de las entidades integrantes de la agrupación:
- NIF.
- Nombre.
- Población.
- Porcentaje del importe total de la subvención solicitada (debe indicarse 0 por ciento si su aportación o colaboración no implica gastos).
- Datos de una persona de contacto (si no coincide con el representante legal).
- Datos del representante legal de cada entidad que integra la agrupación.
- Código de cuenta bancaria IBAN.
- Si ha solicitado otras ayudas públicas o privadas para desarrollar el proyecto solicitado.
- Solicitud individual para una entidad local:
Documentación
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid en función del tipo de solicitud.
Solicitud individual
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- En caso de que la capacidad de representación legal de la entidad no lo sea por razón del cargo, documentación acreditativa de dicha capacidad.
- Memoria del proyecto (Anexo I).
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF, NIE o tarjeta de identificación de extranjeros (TIE), del representante legal de la entidad.
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Solicitud para agrupaciones de entidades
- Documentos a aportar junto a la solicitud, de cada uno de los miembros de la agrupación:
- En caso de que la capacidad de representación legal de la entidad no lo sea por razón del cargo, documentación acreditativa de dicha capacidad.
- Autorización de consulta de datos personales (Anexo II).
- Declaración responsable por cada una de las entidades distintas a la que actúa en representación de la agrupación (Anexo III).
- Documentos únicos para toda la agrupación:
- Documentación acreditativa de la delegación en favor de la entidad local que actúa en representación de la agrupación.
- Memoria del proyecto que contendrá los méritos alegados que servirán como criterios de valoración (Anexo I).
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF, NIE o tarjeta de identificación de extranjeros (TIE), del representante legal de la entidad.
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Información adicional
Los proyectos se valorarán con arreglo a los siguientes criterios:
- Calidad técnica del proyecto (hasta un máximo de 70 puntos).
- Valoración de la entidad (hasta un máximo de 15 puntos).
- Viabilidad del proyecto (hasta 15 puntos).
Cada proyecto podrá alcanzar un máximo de 100 puntos. La entidad solicitante debe obtener al menos los siguientes puntos:
- 50 puntos para ser beneficiaria de la subvención.
- 40 puntos en el apartado “Calidad técnica del proyecto”.
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Área de Formación y Programas
- Dirección: Calle General Diaz Porlier, 35. 28001 Madrid
- Correo electrónico: camposvoluntariado@madrid.org
Normativa
- Extracto de la Orden 1834/2025, de 19 de junio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan subvenciones a municipios y otras entidades locales de la Comunidad de Madrid para la realización de campos de voluntariado juvenil para el 2026 (BOCM nº 222, de 17 de septiembre).
- Orden 2269/2024, de 19 de julio, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se modifica la Orden 1431/2021, de 13 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a municipios y otras entidades locales de la Comunidad de Madrid para la realización de campos de voluntariado juvenil (BOCM nº 186, de 6 de agosto).
- Orden 1431/2021, de 13 de septiembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a municipios y otras entidades locales de la Comunidad de Madrid para la realización de campos de voluntariado juvenil (BOCM nº 227, de 23 de septiembre).
Órgano responsable
- Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Dirección General de Juventud
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la entidad solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, se entenderemos que ha desistido de su petición.
Una vez evaluada cada solicitud conforme al baremo y a los criterios de valoración, la Comisión de Valoración determinará la puntuación que corresponde a cada una de ellas. Se financiarán los proyectos de mayor a menor puntuación hasta agotar el crédito disponible.
La dirección general competente en juventud emitirá la propuesta de resolución, en base a la que la persona titular de la consejería competente dictará la orden de concesión o denegación de la subvención. La resolución se notificará electrónicamente a las entidades solicitantes.
El pago total de la subvención se realizará, previa justificación la realización del campo de voluntariado juvenil. El plazo para justificar la subvención será de 3 meses desde que finalizó el campo de voluntariado.
Puedes realizar este trámite sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Puedes realizar este trámite sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Plazos y efectos del silencio administrativo
3 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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10/10/2025Fase de subsanación
Se abre plazo de subsanación del 10 de octubre al 31 de diciembre de 2025.
Pulsa TRAMITAR para acceder a los modelos de "Solicitud individual" y "Solicitud para agrupaciones de entidades sin ánimo de lucro" ubicados en la sección Tramitar y a los modelos "Memoria del proyecto", "Autorización para consulta de datos personales", "Declaración responsable para agrupación de entidades" y "Declaración responsable para agrupación de entidades" ubicados en la sección Anexos.
Las entidades que hayan recibido comunicación individualizada, deberán realizar la subsanación en el plazo indicado en el requerimiento enviado por la unidad de tramitación.
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 18/09/2025 Fecha de fin: 01/10/2025
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud