Última actuación
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01/09/2025Fase de justificación de la subvención
Se abre plazo de justificación de la subvención del 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2025.
La presentación de la justificación de la subvención se realizará mediante el servicio Aportar documentos a la referencia de la solicitud de participación en la convocatoria.
Pulsa Consultar para acceder al modelo de "Memoria técnica" y a los modelos de "Justificación económica" ubicados en la sección Anexos.
Se deberá realizar la justificación tres meses desde la finalización del proyecto.
Información
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Entidades sin ánimo de lucro.
Requisitos
- Estar legalmente constituidas y constar inscritas en el registro que le corresponda de acuerdo con su naturaleza jurídica.
- Desarrollar su actividad en el territorio de la Comunidad de Madrid.
- Carecer de ánimo de lucro y disponer de plena capacidad jurídica y de obrar.
- Tener fines institucionales, recogidos en sus estatutos o normas fundacionales, adecuados a la finalidad de la subvención y a la realización de las actividades consideradas subvencionables.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, salvo que estuvieran exoneradas y no tener deudas en periodo ejecutivo con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
- No encontrarse incursas en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario según la normativa de subvenciones.
- Hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- Llevar a cabo el tratamiento de los datos de carácter personal.
Documentación
Solicitud individual
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Memoria del proyecto (Anexo III).
- Memoria general de la entidad (Anexo IV).
- Estatutos de la entidad.
- Documentación acreditativa de la inscripción de la entidad en el Registro correspondiente de la Comunidad de Madrid o en el de ámbito estatal.
- Documentación acreditativa de la capacidad de representación legal de la entidad.
- Declaración responsable del representante legal (Anexo V).
- Declaración responsable del representante legal de que nadie del personal (incluido el voluntario) que realiza actividades para el desarrollo del proyecto objeto de la subvención, que implican contacto habitual con menores, ha sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual (Anexo VI).
- Declaración responsable del representante legal sobre otras ayudas solicitadas/obtenidas para el desarrollo del proyecto (Anexo VII).
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF, NIE o tarjeta de identificación de extranjeros (TIE), del representante legal de la entidad.
- Certificado de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Solicitud para agrupaciones de entidades
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Memoria general de la entidad (Anexo IV).
- Estatutos de la entidad.
- Documentación acreditativa de la inscripción de la entidad en el Registro correspondiente de la Comunidad de Madrid o en el de ámbito estatal.
- Documentación acreditativa de la capacidad de representación legal de la entidad.
- Declaración responsable del representante legal (Anexo V).
- Declaración responsable del representante legal de que nadie del personal (incluido el voluntario) que realiza actividades para el desarrollo del proyecto objeto de la subvención, que implican contacto habitual con menores, ha sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual (Anexo VI).
- Último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas y justificante de pago o, en su caso, documentación acreditativa de estar exento del pago de dicho impuesto.
- Documentación acreditativa de la delegación en favor de la entidad que actúa en representación de la agrupación.
- Memoria del proyecto (Anexo III).
- Declaración responsable del representante legal sobre otras ayudas solicitadas/obtenidas para el desarrollo del proyecto (Anexo VII).
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF, NIE o tarjeta de identificación de extranjeros (TIE), del representante legal de la entidad.
- Certificado de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Información adicional
Criterios de valoración:
- La puntuación máxima de los proyectos presentados será de 100 puntos, valorados con arreglo a los siguientes criterios:
- Calidad técnica del proyecto (hasta un máximo de 70 puntos).
- Valoración de la entidad (hasta un máximo de 15 puntos).
- Viabilidad del proyecto (hasta 15 puntos).
Será necesario obtener al menos 50 puntos para poder ser beneficiario de la subvención y obtener, además, al menos 40 puntos en el apartado “Calidad técnica del proyecto”.
Para consultas sobre este trámite, dispones del correo electrónico: camposvoluntariado@madrid.org
Normativa
- Extracto de la Orden 2847/2024, de 10 de octubre, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales por la que se convocan subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de campos de voluntariado juvenil en la Comunidad de Madrid para el 2025 (BOCM nº 248, de 17 de octubre).
- Orden 2268/2024, de 19 de julio, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se modifica la Orden 1430/2021, de 13 de septiembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de campos de voluntariado juvenil en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 186, de 6 de agosto).
- Orden 1430/2021, de 13 de septiembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de campos de voluntariado juvenil en la Comunidad de Madrid (BOCM, nº 227, de 23 de septiembre).
Órgano responsable
- Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Dirección General de Juventud
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
- El plazo de resolución y notificación será de tres meses, contados desde la fecha de publicación del extracto de la convocatoria.
- La resolución se notificará electrónicamente a las entidades interesadas.
- Las solicitudes sobre las que no haya recaído resolución expresa y no se haya notificado en el plazo señalado en el punto 1 de este apartado se entenderán desestimadas.
- Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el titular de la Consejería con competencias en materia de juventud, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Plazos y efectos del silencio administrativo
3 meses
Calendario de actuaciones
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01/09/2025Fase de justificación de la subvención
Se abre plazo de justificación de la subvención del 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2025.
La presentación de la justificación de la subvención se realizará mediante el servicio Aportar documentos a la referencia de la solicitud de participación en la convocatoria.
Pulsa Consultar para acceder al modelo de "Memoria técnica" y a los modelos de "Justificación económica" ubicados en la sección Anexos.
Se deberá realizar la justificación tres meses desde la finalización del proyecto.
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05/11/2024Fase de subsanación
La presentación de la subsanación se realizará en el plazo indicado en el requerimiento enviado por la unidad de tramitación.
Pulsa TRAMITAR para acceder al modelo de "Solicitud" ubicado en la sección Tramitar.
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 18/10/2024 Fecha de fin: 31/10/2024
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud