Última actualización: 27/05/2025
  • Pendiente apertura plazo

    • Fecha de inicio: 27/05/2025 Fecha de fin: 16/06/2025
  • En Plazo

    • Presentación de solicitudes

      Fecha de inicio: 27/05/2025 Fecha de fin: 16/06/2025

    Tramitar

  • En tramitación

    Fecha de inicio: 27/05/2025 Fecha de fin: 16/06/2025

    Tramitar

  • Cerrado

Descripción

  • Referencia
    A710
  • Descripción

    Subvenciones a entidades sin fin de lucro, en concepto de mantenimiento de servicios y desarrollo de programas de atención a personas con discapacidad, cuyo ámbito de actuación sea la Comunidad de Madrid.

    Su finalidad es subvencionar los gastos de personal para atender:

    • El Servicio de Información y orientación.
    • Desarrollo de programas de atención a personas con discapacidad, dirigido a la promoción de la vida independiente o la prevención de situaciones de dependencia.
  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 27/05/2025 Fecha de fin: 16/06/2025

Personas destinatarias

  1. Entidades sin fin de lucro.
    1. Quedan excluidas las entidades sin fin de lucro que pudieran destinarse a mantenimiento de servicios de carácter educativo y laboral, de atención temprana, de atención a personas mayores de 65 años, de actividades recreativas, culturales o deportivas, sanitarias y de salud mental.
    2. No se subvencionarán los servicios cuyo objeto esté incluido en contratos suscritos por las entidades solicitantes con la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, dirigidos a personas con discapacidad.

Requisitos

  1. Carecer de fin de lucro.
  2. Estar inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios de Acción Social de la Comunidad de Madrid en el sector de atención a personas con discapacidad y tipología para el que solicita la presente subvención a 31 de diciembre del año 2024.
  3. No tener deudas en periodo ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
  4. Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  5. Estar en situación de alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto de Actividades Económicas.
  6. Contar con los medios materiales y personales necesarios para el funcionamiento del servicio o desarrollo de programa para el que se solicita la subvención.
  7. No estar incursas en las causas de prohibición según la normativa de subvenciones.
  8. Cumplir con las obligaciones en materia de protección de datos personales, y en particular, en lo relativo a las categorías especiales de datos o al ejercicio de los derechos por los titulares de los mismos.
  9. En su caso, las entidades subvencionadas en la convocatoria anterior deberán haber justificado en tiempo y forma la subvención concedida.
  10. Cada entidad sólo podrá solicitar subvención para una única actuación, bien para el mantenimiento del servicio de información y orientación o bien para el desarrollo de un programa.

Los requisitos se deben reunir a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y deben mantenerse durante el ejercicio económico 2025.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Certificado de la capacidad legal del representante de la entidad (Anexo 2).
  2. Documentación acreditativa del certificado del Anexo 2.
  3. Memoria general de la entidad (Anexo 3).
  4. Memoria general del servicio o programa para el que se solicita subvención (Anexo 4).
  5. Memoria para mantenimiento del servicio (Anexo 5) o Memoria para mantenimiento del programa para el que se solicita la subvención (Anexo 6).
  6. Declaración responsable del representante de la Entidad en su condición de Responsable de tratamiento de datos personales relativa a la protección de datos personales (Anexo 8).
  7. Estatutos de la Entidad.
  8. En su caso, último recibo del I.A.E (Impuesto de Actividades Económicas) o documentación acreditativa de que la entidad está exenta del pago del citado Impuesto y declaración responsable suscrita por el o la representante legal de la entidad que acredite que la misma no ha sido dada de baja en la matrícula de dicho impuesto.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  • Certificado de estar al corriente de pago de la Seguridad Social.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  2. Documento acreditativo de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con: 

Tramitación

Si tras el examen de la solicitud y documentación presentadas éstas resultasen estar incompletas o defectuosas, te pediremos que en un plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos), subsanes la falta o acompañes los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hicieras, se te tendrá por desistido de tu petición.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

3 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 38/2003, de 17 de noviembre , General de Subvenciones.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad

Convocatorias anteriores

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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