Descripción
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Referencia44932
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Descripción
Gestión y resolución de las solicitudes de ayudas por la adquisición del material ortoprotésico prescrito por un médico especialista del Sistema Nacional de Salud en la materia correspondiente a la clínica que justifique la prescripción. El material ortoprotésico es el contemplado en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud, incluido en el vigente Catálogo de Material Ortoprotésico de la Comunidad de Madrid.
No serán objeto de financiación a través de la prestación ortoprotésica ningún producto prescrito por unidades clínicas o especialidades distintas a las fijadas en el Anexo I.
Destinatarios y/o requisitos
- Ser titular de la tarjeta sanitaria individual emitida por la Comunidad de Madrid.
- Aportar Prescripción de material ortoprotésico (Anexo II) realizada por un facultativo de atención especializada del Sistema Nacional de Salud, a través de la aplicación informática de prescripción electrónica de material ortoprotésico.
- Disponer de factura, con todos los requisitos establecidos en la legislación vigente sobre la materia, que acredite la adquisición del material ortoprotésico prescrito, incluyendo código y descripción según el Catálogo de Material Ortoprotésico de la Comunidad de Madrid en vigor.
- Disponer de una cuenta corriente, como titular o autorizado, que permita efectuar el reintegro de la ayuda mediante transferencia bancaria.
- Presentar el informe médico complementario, en los casos establecidos (productos de especial prescripción), que justifique las indicaciones detalladas en el Anexo I.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
- Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
- Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
- También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
Consulta más información sobre tramitación electrónica en la Guía de Administración Electrónica.
Documentación de interés
Tramitación
En los casos previstos en el Anexo I (productos de especial prescripción), se requerirá Informe favorable de la Inspección Sanitaria (Inspección Médica) y, siempre que la valoración sea favorable, la tramitación de cada expediente de ayuda exigirá la oportuna fiscalización por parte de la Intervención Delegada en la Consejería de Sanidad.
Cuando la prescripción médica sea posterior al 5 de julio de 2021, esta tendrá una vigencia de 12 meses a contar desde la fecha de emisión. Transcurrido ese periodo sin haber adquirido el producto prescrito, dicho documento perderá toda validez a efectos de la obtención de la prestación ortoprotésica. Para el caso de la tramitación de la prestación ortoprotésica a través de la figura del endoso, los doce meses de vigencia de la prescripción se contarán desde la fecha de emisión de dicha prescripción y hasta la fecha de la correspondiente factura proforma.
La solicitud se deberá presentar en el plazo máximo de 12 meses a contar desde la fecha de emisión del justificante de pago. Transcurrido dicho plazo legal, la solicitud será inadmitida por extemporánea. Para la figura del endoso, los doce meses se contarán desde la fecha de emisión de la correspondiente factura proforma.
Plazos y efectos del silencio administrativo
PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la normativa reguladora del correspondiente procedimiento, en este caso, seis meses a contar desde la fecha de recepción de la solicitud. Transcurrido dicho plazo legal sin haberse notificado resolución expresa, se entenderá desestimada la pretensión por silencio administrativo, en base a lo establecido en el artículo 129 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
En el caso de denegación de la solicitud formulada, el interesado podrá interponer ante la Viceconsejería de Gestión Económica, sita en Paseo de la Castellana, 280, 28046 de Madrid, RECLAMACIÓN PREVIA a la vía social, en el plazo de 30 días de acuerdo con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Normativa
- Decreto 84/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el Catálogo de Material Ortoprotésico de la Comunidad de Madrid, se regula el procedimiento de obtención de la prestación ortoprotésica y las ayudas por gastos de desplazamiento fuera de la Comunidad de Madrid, con fines asistenciales (BOCM nº 158, de 5 de julio)
- Orden 1564/2022, de 19 de octubre, del Consejero de Sanidad, por la que se modifica el Catálogo de Material Ortoprotésico del Decreto 84/2021, de 30 de junio, por el que se establece el Catálogo de Material Ortoprotésico de la Comunidad de Madrid, se regula el procedimiento de obtención de la prestación ortoprotésica y las ayudas por gastos de desplazamiento fuera de la Comunidad de Madrid, con fines asistenciales (BOCM nº254, de 25 de octubre)
- Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización (BOE nº 222, de 16 de septiembre).
- Resolución 22/2010, de 12 de abril, de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Sanidad, para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación del expediente del procedimiento denominado “Solicitud de reintegro de gastos por material ortoprotésico (BOCM nº 111, de 11 de mayo).
- Ley 16/2003, de 28 de mayo de Cohesión y Calidad del Servicio Nacional de Salud (BOE nº 128, de 29 de mayo).
- Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (BOE Nº 261, de 31 de julio).
- Decreto 2065/1974, de 30 de mayo por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley General de Seguridad Social (BOE nº 173, de 20 de julio).
- Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (B.O.E nº 245, de 11 de octubre).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).