Información
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Personas destinatarias
Aquellos viticultores que se encuentren dados de alta en el registro vitícola de la Comunidad de Madrid y/o los nuevos viticultores que estén en posesión de autorizaciones de replantación y/o conversión de derechos, y que deseen utilizarlos en la Comunidad de Madrid.
Requisitos
Requisitos
Estar inscrito como viticultor en el Registro Vitícola de la Comunidad de Madrid de las parcelas que se quiera reconvertir o reestructurar.
Si se es un nuevo o futuro viticultor, se debe estar en posesión de una resolución de arranque de viñedo, autorización de replantación y/o autorizaciones provenientes de conversión de derechos de replantación, que quieran plantarlos en la Comunidad de Madrid.
Documentación
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid, en función de la solicitud que presentes.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Proyecto de operaciones (según las instrucciones disponibles en la sección Documentación de interés).
- Parcelas iniciales y finales (Anexo V).
- Ficha financiera (Anexo VI).
- Acuerdo celebrado entre los viticultores participantes en el proyecto de operaciones (solo para operaciones colectivas) (Anexo VII).
- Acreditación de la posesión de la tierra por cada uno de los viticultores integrantes de la solicitud.
- Autorización expresa por parte del propietario de la tierra (en caso de que el viticultor no sea el propietario de la parcela)
- Aportación de las resoluciones de arranque y/o autorizaciones de replantación, en caso de que el arranque se realice con anterioridad a la presentación de la solicitud de ayuda.
- Alta en régimen agrario de la Seguridad Social, si se alega el criterio de prioridad
- Documento público o privado, que acredite la potestad del representante legal para actuar en nombre de las personas jurídicas. Escritura, poder judicial, estatutos, Reglamento interno, etc.
- Otra documentación
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF / NIE del solicitante / representante legal.
- Inscripción en el REGEPA.
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Facturas.
- Justificantes bancarios de pago.
- Etiquetas de la planta utilizada.
- Otra documentación.
Información adicional
Para más información puede contactar con nosotros en el siguiente correo electrónico: vitiviniculturamadrid@madrid.org
Normativa
-
Extracto de la Orden 838/2023, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se articula para el año 2023, la aplicación de las operaciones de Reestructuración y Reconversión de Viñedo en la Comunidad de Madrid, financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA), con base en el Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, y sus modificaciones (BOCM nº 77, de 31 de marzo).
-
Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (BOE nº 257, de 26 de octubre).
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
- Dirección General de Agricultura Ganadería y Alimentación
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez la solicitud esté completa, se estudiará y se te notificará la aprobación o desestimación de la concesión de la Ayuda.
Una vez concedida la ayuda y después de realizar la operación aprobada, debes presentar la solicitud de Certificación de Acciones y Pago de la Ayuda, junto con la documentación requerida, antes del 30 de junio de 2024 si es una operación anual, o del 30 de junio de 2025 si tu operación era bienal. Puedes encontrarla pulsando el botón TRAMITAR al inicio de esta página
Plazos y efectos del silencio administrativo
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 03/04/2023 Fecha de fin: 18/04/2023
Contacto y ayuda
Documentos de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud